Ayuntamiento de Guadalajara abre el plazo de solicitudes para acogerse al IBI Social

El Ayuntamiento de Guadalajara ha abierto el plazo para solicitar las ayudas públicas municipales para el pago de los gastos relativos a la vivienda habitual de personas y familias, enmarcadas dentro del IBI Social. Este plazo permanecerá abierto hasta el 24 de noviembre.

El Consistorio ha recordado en nota de prensa que las ayudas de este año incluyen el aumento de "casi un 50 por ciento" del importe de la cuantía destinada a estas ayudas, que pasa de los 35.000 euros de la convocatoria de 2015 a los 60.000 euros reservados en los presupuestos municipales de este año.

Además, se ha aumentado la cantidad de la cuantía máxima a percibir por los beneficiarios, que pasa de los 350 euros establecidos anteriormente a los 400 euros de este año.

Del mismo modo, se ha incrementado también en un diez por ciento el cómputo de ingresos de la unidad familiar por cada menor de edad dependiente económicamente o por cada persona con una discapacidad igual o superior al 65 por ciento. De esta forma, se pasa del diez por ciento de la convocatoria de 2015 al veinte por ciento para este año.

La otra novedad que ha destacado el Ayuntamiento supone que, para las familias numerosas, esta ayuda será compatible con las bonificaciones previstas en la ordenanza fiscal reguladora del IBI siempre que el importe total de las bonificaciones y ayudas otorgadas no supere el cien por cien de la cuota íntegra o 400 euros.

La concejal de Familia y Bienestar Social, Verónica Renales, ha incidido en que el propósito principal de esta convocatoria de ayudas es el de "ayudar a las personas y familias" a hacer frente a los gastos del IBI de la vivienda habitual cuando su destino ha sido de forma exclusiva para uso residencial durante el año 2016"

REQUISITOS

Para acogerse a estas ayudas, los solicitantes deberán, entre otros requisitos, estar empadronados en el municipio de Guadalajara y en la vivienda objeto de la subvención, además de que el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar no sean titulares en ningún tanto por ciento de régimen de propiedad de otro bien inmueble urbano.

Asimismo, para los solicitantes que se encuentren en régimen de alquiler en la vivienda para la que solicitan ayuda, será necesario que dicha obligación de pago esté reflejada en el contrato de arrendamiento firmado por ambas partes.

De la misma manera, el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda municipal y estatal, así como con la Seguridad Social.

Finalmente, los solicitantes también deberán tener en cuenta que el cómputo total de los ingresos de la unidad familiar deberán ser inferior en el momento de la solicitud al 200 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Impren) para 2016, incrementándose el cómputo en un 20 por ciento por cada menor dependiente o por cada persona con discapacidad con un grado igual o superior al 65 por ciento.

La solicitud, dirigida a la concejal de Familia y Bienestar Social, se realizará conforme al modelo establecido que se puede descargar de la web municipal y se acompañará de la documentación requerida en la convocatoria. Se podrá presentar en el Registro General del Ayuntamiento y en el Centro Municipal Integrado Eduardo Guitián.

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