Nuevo capítulo: Rocío Flores estuvo 6 meses en libertad vigilada tras la denuncia de su madre

De octubre de 2013 a abril de 2014, la hija de Rocío Carrasco y Antonio David fue observada por el organismo pertinente para valorar su evolución tras negarse a cumplir condena y optar por la libertad vigilada
Juego sucio: destapan que Rocío Flores fue condenada tras un grave altercado con su madre
photo_camera Nuevo capítulo: Rocío Flores estuvo 6 meses en libertad vigilada tras la denuncia de su madre

Un artículo de Nacho Gay publicado en exclusiva en VANITATIS

Esta historia arrancaba hace cinco capítulos con un episodio de malos tratos ocurrido en julio del año 2012. Unos nueve meses e infinitas tragedias griegas después, un juez condenó a Rocío Flores en el invierno de 2013 por “un delito de maltrato habitual, un delito de maltrato, una falta continuada de amenazas y una fata continuada de injurias” contra su madre Rocío Carrasco. Así figura en la documentación judicial, más de 2.000 folios, que obra en exclusiva en manos de Vanitatis.

El delito de maltrato habitual se circunscribe en este caso al ámbito psicológico y se extendió durante tres años; el puntual se refiere a lo acontecido el 27 de julio de 2012 en la casa familiar, cuando la hija golpeó en repetidas ocasiones a la madre. Jamás volverían a verse frente a frente.

Llegados a este punto, nos queda analizar una única parte del fallo de la sentencia, la correspondiente a la condena.

Sentencia del Juzgado de Menores número 4 de Madrid 44/2013

“Se le impone la medida de 60 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad que se sustituirán en caso de que la menor no preste su consentimiento o las incumpla por seis meses de libertad vigilada”.

Párrafo extraído del epígrafe correspondiente al “fallo”

Antonio David Flores recurrió, en nombre de la menor y en el plazo previsto legalmente, por lo que la causa se elevó a la Audiencia Provincial de Madrid. El letrado que defendía los intereses de Rocío Flores intentó impugnar algunas de las pruebas consideradas válidas en el Juzgado de Menores, como los informes psiquiátricos de Rocío Carrasco, y pidió que se intentase de nuevo llamar al plenario a la psiquiatra que elaboró el informe en el que la menor insinuaba que su madre la maltrataba y que dio lugar a la apertura del primer proceso.

En un primer escrito fechado el 29 de mayo del año 2013, apenas dos meses después de la sentencia del tribunal de menores, la Audiencia se pronuncia por primera vez para desestimar las solicitudes sobre pruebas realizadas por el letrado de Antonio David y, ya en un segundo documento en forma de sentencia, que se publicó el 26 de julio de 2013, los tres magistrados de la sección cuarta de este organismo deciden desestimar el recurso y confirmar el relato de hechos que sirvió de base a la condena de Rocío Flores.

En su texto, lo cierto es que se muestran aún más severos que el Juzgado de Menores n.º 4 de Madrid. Aseguran que hay pruebas más que suficientes para condenar a la menor al margen del testimonio de la madre, como el relato del chofer de la familia, el de Fidel Albiac, los informes psiquiátricos de Rocío Carrasco, el parte médico del día de la agresión… Pero van más allá:

Sentencia de de la Audiencia Provincial de Madrid 96/13

“También el propio testimonio de la menor, que asegura haber protagonizado diversos episodios de los que emana cierta violencia, reconociendo, por lo tanto, en parte, su conducta, pero intentando restar importancia a la misma”.

Madrid, 26 de junio de 2013

Días de técnicos y psicólogos

Llegados a este punto, y dado que los procesos de menores se cierran en la Audiencia Provincial, la sentencia era firme y había que acatarla. Quedaba tan solo la posibilidad del recurso de amparo ante el Constitucional y, aunque Antonio David lo intentó todo durante semanas para frenar la ejecución de la sentencia, finalmente no lo logró. El día 5 de octubre de ese año, padre e hija se personan en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y comunican una negativa formal, como se puede apreciar en los dos documentos oficiales publicados por el citado organismo en aquella fecha, a que Rocío Flores cumpla la pena. El organismo anota que ambos manifiestan “renunciar voluntariamente a la realización de las tareas/actividades encomendadas en cumplimiento de dicha medida y, tras no consentir, aceptan el cumplimiento de la medida alternativa impuesta”.

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