Alemania retira a Castilla-La Mancha y a Cantabria de la lista de riesgo por covid

Por otra parte, España prorroga hasta el 30 de junio las restricciones para los viajes no imprescindibles desde terceros países, el cierre de fronteras con Marruecos y levanta la prohibición para que los cruceros internacionales puedan atracar en sus puertos desde el 7 de junio
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Las autoridades alemanas han retirado a las regiones españolas de Cantabria y Castilla La Mancha de su lista de zonas de riesgo por la covid, por lo que los viajeros por vía aérea desde esas comunidades autónomas no quedan ya en cuarentena, aunque sí deben presentar un test negativo al entrar en Alemania.

La retirada se produce de forma automática, de acuerdo con los criterios del Instituto Robert Koch (RKI), cuando la incidencia semanal queda por debajo de los 50 casos por 100.000 habitantes.

La última actualización, difundida este viernes, suprime así esas dos regiones españolas, así como Países Bajos, Chipre, Polonia, Hungría, Bulgaria, Liechtenstein y Mónaco.

En las últimas semanas se ha ido quitando de la lista de zonas de riesgo a otros territorios de España, como Extremadura y Asturias, la semana pasada, o anteriormente las islas Baleares y las Canarias.

Siguen calificados como tales Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Madrid, Melilla, Navarra, País Vasco y la Rioja.

La incidencia en Alemania ha ido bajando en las últimas semanas de forma continuada y ahora la media nacional se sitúa en 39,8 casos por siete días y 100.000 habitantes, por lo que se han ido relajando las restricciones en todo el país.

El pico de incidencia se había marcado en Alemania en diciembre, en que se registró la marca de los 197,6 casos. 

VIAJEROS DE TERCEROS PAÍSES

Por otra parte, el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este sábado una orden del Ministerio del Interior por la que se prorroga hasta el 30 de junio las restricciones para los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen con motivo de la pandemia del COVID-19.

En concreto, el Ejecutivo amplía una orden del 17 de julio de 2020 en la que se establecían una serie de criterios y normas para restringir los viajes desde terceros países. Esta norma se refiere al Código de fronteras Schengen y recoge la denegación de entrada a toda persona nacional de un tercer país, salvo excepciones.

Además, en lo que respecta a Argelia y Marruecos se asegura que, a la hora de aplicar el principio de reciprocidad, se tiene en cuenta la necesidad de tomar en consideración el actual cierre de fronteras que rige en ambos países y las razones que lo sustentan, así como el considerable volumen habitual de desplazamientos entre cada uno de ellos y España.

De este modo, el Ejecutivo prorroga hasta el 30 de junio el cierre de fronteras con Marruecos en un momento en el que todavía está reciente el paso de más de 7.000 personas de Marruecos en Ceuta tras la crisis diplomática entre España y este país.

En lo que respecta a las excepciones, se aplican en residentes habituales en la UE, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen, profesionales de la salud que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral, personal de transporte, marino y aeronáutico, personal diplomático, consular y de organizaciones internacionales, militares y de protección civil.

Así como estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen, trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria, personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados y personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor.

SE LEVANTA LA PROHIBICIÓN A CRUCEROS

Además, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), mediante Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) que se ha publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha levantado la prohibición para que los cruceros internacionales puedan atracar en los puertos españoles, con efectos a partir del día 7 de junio.

La evolución favorable de la pandemia en el territorio europeo, de donde proceden la mayoría de los pasajeros de cruceros internacionales con escala en puertos españoles, el aumento de la población vacunada contra el SARS-CoV-2 y el descenso de la incidencia en las comunidades autónomas con puertos susceptibles de recibir este tipo de buques, permiten el reinicio de la actividad de cruceros que realicen viajes internacionales y tengan por destino puertos españoles.

La resolución de la DGMM determina las medidas sanitarias que deben cumplir los buques de pasaje tipo crucero que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial para entrar en puertos españoles abiertos a la navegación internacional, que se detallan en el documento 'Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales' publicado en la página del Ministerio.

El documento describe las medidas que deberán implementar los buques de pasaje tipo crucero que pretendan realizar trayectos internacionales visitando puertos españoles para prevenir eventos relacionados con la emergencia sanitaria por Covid-19 y para llevar a cabo una gestión adecuada en caso de producirse contagio entre el pasaje.

Con esta resolución se deja sin efectos la adoptada el 23 de junio de 2020 por la que la DGMM estableció la prohibición de entrar en puertos españoles a buques de pasaje tipo crucero de carácter internacional para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Según la Asociación Internacional de Líneas de Cruceros (CLIA), en el año 2019 los cruceros internacionales aportaron en torno a 2.800 millones de euros al PIB nacional y generaron unos 50.000 empleos y 1.500 millones de euros en salarios.

La resolución estará vigente hasta el fin de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva medida.

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