El TUE declara ilegales las multas de Hacienda por no declarar bienes en el extranjero

En su dictamen, el Tribunal de Justicia de la UE ha considerado que tales multas "establecen una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales" y que, por tanto, contraviene el Derecho de la Unión
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ve ilegal el canon digital español
photo_camera El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara ilegales las multas de Hacienda por no declarar bienes en el extranjero

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal la imprescriptibilidad y las sanciones asociadas a la declaración de bienes y derechos en el extranjero -el modelo 720- porque considera que las multas son "desproporcionadas" y se menoscaba la libre circulación de capitales.

La corte europea da así la razón a la Comisión Europea (CE) que en 2019 recurrió a los tribunales comunitarios tras pedir a España modificar sin éxito una legislación que, a su juicio, impone sanciones excesivas a quienes no hacen la declaración o la presentan fuera de tiempo.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado que el TJUE no cuestiona el modelo, que seguirá en vigor, y ha asegurado que la intención del Ejecutivo es aprobar la modificación de la norma antes de que el 31 de marzo expire el plazo para presentar la declaración este ejercicio.

El Gobierno se servirá de alguna de las leyes actualmente en tramitación para introducir cambios en el plazo de prescripción y en el importe de las sanciones, que son los aspectos del modelo 720 que la justicia europea ha tumbado.

Cada año se presentan unas 60.000 declaraciones y desde la puesta en marcha del modelo en 2013 se han declarado bienes por unos 225.200 millones de euros.

No presentar el modelo 720 o hacerlo fuera de plazo está castigado con multas de cuantía fija por cada conjunto de datos que no se declare y con la regularización de lo adeudado con una penalización de hasta el 150 % de la cuota de liquidación, considerándose la renta descubierta como ganancia patrimonial no justificada, lo que en la práctica impide que el afectado se ampare en la prescripción.

Desde que entró en funcionamiento se han impuesto multas por unos 230 millones y ahora habrá que ver "la letra pequeña de la sentencia" para saber si se tendrá que devolver todo ese importe o solo una parte, según ha dicho Montero.

La obligación de presentar una declaración sobre los bienes en el extranjero se incluyó en la ley de lucha contra el fraude fiscal de 2012 con el objetivo de aflorar patrimonio oculto tras la amnistía fiscal del Gobierno de Mariano Rajoy (2011-2018).

El modelo 720 obliga a los titulares de cuentas en entidades financieras, títulos, activos, valores, bienes inmuebles, monedas virtuales o seguros de vida valorados en más de 50.000 euros y con residencia en España a informar a la Agencia Tributaria.

El modelo es meramente informativo pero las rentas que esos bienes hayan podido generar se incluyen en la declaración de la renta, mientras que los propios bienes se meten en la declaración del impuesto sobre el patrimonio si el contribuyente está sujeto también a este tributo.

En su sentencia, el TJUE considera que esta legislación vulnera el principio de libre circulación de capitales, puesto que las sanciones previstas establecen una diferencia de trato entre los residentes en España en función de donde se localicen sus activos, lo que puede desincentivarles a invertir en otros Estados miembros.

La obligación de declarar los bienes en el exterior existe en otros países europeos como Francia, Alemania, Italia o Reino Unido.

Comentarios