El Supremo da la razón a UGT en el conflicto colectivo con las brigadas de Fomento

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Gobierno de Cospedal "ante la posición del TSJCM que dio la razón a UGT acerca del conflicto colectivo presentado por incumplimiento del Convenio Colectivo de los trabajadores de Fomento"

En la imagen de archivo trabajadores de conservación y mantenimiento de carreteras trabajando sobre una vía - fomento
photo_camera En la imagen de archivo trabajadores de conservación y mantenimiento de carreteras trabajando sobre una vía

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Junta "ante la posición del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que dio la razón a UGT acerca del conflicto colectivo presentado por incumplimiento del Convenio Colectivo de los trabajadores de la Consejería de Fomento, pertenecientes a los Servicios de Carreteras de las delegaciones provinciales", tal y como ha anunciado el responsable del Sector Autonómico FSP UGT CLM, Luis Manuel Monforte.

Según ha informado en un comunicado, "desde la Federación de Servicios Públicos de UGT Castilla-La Mancha, venimos denunciando que durante los últimos años el Gobierno de Cospedal no ha tenido acto de negociación alguno y sólo ha entendido este derecho de los empleados públicos cuando lo han ratificado los tribunales, tirando con pólvora del Rey, como se suele decir. Esta vez el Tribunal Supremo da la razón una vez más a UGT y condena a la Junta a pagar las costas del proceso", ha señalado Monforte.

Con fecha 13 de Diciembre de 2013 el TSJ de Castilla-La Mancha dictaba sentencia sobre el Conflicto Colectivo presentado por UGT, al cual se adhirió CCOO, reconociendo a los trabajadores de las Brigadas de Carreteras de los servicios periféricos de la Consejería de Fomento en todas las provincias "el derecho a percibir compensación económica, si así era su elección, de los importes correspondientes a las horas extraordinarias empleadas en reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes", como recogía la sentencia.

En concreto el TSJ reconocía el derecho a percibir "las horas empleadas entre el 20 de Agosto y el 30 de Septiembre de 2012, que la Junta, después de pasar por varias Mesas de Negociación e incluso viniendo recogido en el Convenio Colectivo, les negó de forma infundada y arbitraria", ha subrayado el responsable de FSP UGT CLM.

"Tras la sentencia del TSJCM -recuerda Monforte- la Junta recurrió en casación al Tribunal Supremo y es este quien ahora ratifica de manera desestimatoria la decisión del TSJ de Castilla-La Mancha y ambos dan la razón a los trabajadores y a UGT una vez más, pero después de más dos años de no-negociaciones y litigios".

"Por eso, desde UGT nos alegramos porque los trabajadores hayan visto reconocidos sus derechos, pero a su vez lamentamos la forma de obtener dicho reconocimiento ya que han sido nuevamente los tribunales los que han puesto en su sitio al Gobierno de Cospedal en su afán por conculcar los derechos de los empleados públicos", ha concluido el responsable de FSP UGT CLM.

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