Publicados los servicios mínimos en Sanidad ante la huelga del 8 de marzo

En la imagen de archivo la sede de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha en la ciudad de Toledo
photo_camera En la imagen de archivo la sede de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha en la ciudad de Toledo

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este martes la resolución de la Consejería de Sanidad por la que se establecen los servicios mínimos de salud pública y atención sanitaria durante la huelga convocada para el 8 de marzo, Día de la Mujer.

El DOCM, consultado por Efe, ha publicado esta resolución de la Consejería de Sanidad y otra de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural mediante la cual se establecen los servicios mínimos en prevención y extinción de incendios forestales, también por esta huelga.

Además, se publica una tercera resolución de la Vicepresidencia Primera, también para regular los servicios mínimos en el Ente Público de Radio Televisión de Castilla-La Mancha durante la huelga convocada para el 8 de marzo.

En dichas resoluciones se especifica que CCOO y UGT han convocado huelga general que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y empleados públicos de las empresas y organismos del Estado.

En concreto, para las jornadas partidas y continuadas en turno de mañana, la huelga será de 11.30 a 13.30 horas; para las jornadas continuadas en el turno de tarde será de 16.00 a 18.00 horas; y para las jornadas continuadas en turno de noche la huelga se hará durante las dos primeras horas del turno nocturno que comience en la jornada del día 8, salvo en aquellos ámbitos, sectores o empresas, que se notifique expresamente un horario distinto.

Por su parte, la Confederación Intersindical, entre otros sindicatos, han convocado una huelga general de un día de duración, que se iniciará el 8 de marzo a las 00:00 horas y finalizará a las 24:00 horas de ese día y a la que están llamados todos os trabajadores del país.

Para el establecimiento de los servicios mínimos en esta huelga en la sanidad, se ha ponderado la extensión territorial y personal de la misma, su duración y demás circunstancias concurrentes, así como la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que aquella repercute.

El criterio utilizado, por tanto, ha sido el de establecer, sobre los efectivos existentes, los mínimos necesarios para atender las prestaciones esenciales para la población.

En cuanto a los servicios mínimos en prevención y extinción de incendios forestales, se ha tenido en cuenta que durante el mes de marzo del año 2016 y 2017 hubo 65 y 73 incendios forestales respectivamente, teniendo una media de 95 incendios en el periodo 2007-2016, los cuales obligaron a una "intervención significativa". 

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