Puesto en marcha el segundo tramo del mecanismo de pago a proveedores

Los proveedores incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden podrán consultar la relación certificada de obligaciones pendientes de pago remitida por la comunidad autónoma al Ministerio de Hacienda, según publica el DOCM

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles la Orden de la Consejería de Hacienda por la que se regula el procedimiento para la aplicación del segundo tramo del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores.

Este mecanismo se puso en marcha con el fin de reducir la deuda comercial acumulada de las administraciones autonómicas, y establecía dos periodos diferenciados.

En un primer periodo se abordó únicamente el pago de determinadas obligaciones y se aplazaban otras para un segundo plazo que es el que se abre ahora.

Podrán acogerse a este segundo tramo del procedimiento los titulares de un derecho de crédito, así como los cesionarios a quien se le haya transmitido el crédito, siempre que se trate de obligaciones pendientes de pago líquidas, vencidas y exigibles con anterioridad al 31 de mayo de 2013 y estén contabilizadas.

Habrán de ser pagos pendientes de contratos de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, también en su modalidad de concesión, servicios y suministros.

Además, pagos pendientes de colaboración entre el sector público y el sector privado, y los contratos privados de creación e interpretación artística y literaria o espectáculos.

Asimismo, los contratos sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales; los contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles; subvenciones, concesiones administrativas o indemnizaciones por expropiaciones.

Los proveedores incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden podrán consultar la relación certificada de obligaciones pendientes de pago remitida por la comunidad autónoma al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Los proveedores que deseen acudir a este mecanismo de financiación deberán manifestar expresamente su voluntad al respecto en el plazo comprendido entre los días 29 de octubre, fecha de entrada en vigor de esta Orden, y el 14 de noviembre de este año.

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