Publicada la ley del Juego de CLM, que entrará en vigor dentro de seis meses

La nueva norma trata de potenciar más las medidas de control en la práctica del juego y de superar así su naturaleza de mera actividad económica para poner el foco en sus repercusiones sociales
El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha, Juan Alfonso Ruiz Molina, durante su intervención en el Pleno de las Cortes regionales
photo_camera El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha, Juan Alfonso Ruiz Molina, durante su intervención en el Pleno de las Cortes regionales - Archivo

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este viernes la ley de Régimen Administrativo y Fiscal del Juego, que tiene como objetivo permitir equilibrar esta actividad con la protección de la población más vulnerable y que entrará en vigor en 6 meses, excepto lo relativo a los tributos del juego, que lo hará el 1 de julio de 2022.

El Gobierno regional ha explicado, en un comunicado en el que ha informado de la publicación de esta nueva ley en el DOCM, que la norma trata de potenciar más las medidas de control en la práctica del juego y de superar así su naturaleza de mera actividad económica para poner el foco en sus repercusiones sociales.

Según la administración autonómica, es "una ley muy ambiciosa en sus fines y muy completa en su articulado", que ofrece una mayor respuesta a la demanda social, al tratar de corregir los impactos negativos que la actividad del juego genera en la sociedad.

Esta ley contiene novedades, entre ellas, se introduce por primera vez en la normativa castellanomanchega un conjunto de principios rectores sobre los que se sustentarán las políticas públicas de la Administración regional en dicha materia, que pasan por la prevención de perjuicios a terceras personas, transparencia en el desarrollo de las distintas modalidades de juego y el fomento de la seguridad jurídica y del empleo estable y de calidad en el sector.

También potencia las políticas de juego responsable, para lo cual se establece la creación del Observatorio de Juego Responsable, con el fin de proponer políticas públicas encaminadas hacia las buenas prácticas y, además, se fija un régimen de publicidad más restrictivo, prohibiéndola en general, con unas excepciones muy tasadas, como la realizada en el interior de los propios locales, aquélla que se inserta en publicaciones específicas dirigidas al sector o el patrocinio.

Otra de las novedades tiene que ver con la ubicación de los establecimientos y, en este sentido, se establece un doble requisito, ya que no podrá haber una distancia inferior de 150 metros entre locales autorizados para evitar una excesiva concentración, a la vez que deberán guardar una distancia mínima de 300 metros respecto a los accesos principales a los centros oficiales de enseñanza reglada dirigida a menores de edad, salvo aquéllos donde se imparta exclusivamente educación infantil o primaria.

No obstante, la limitación en cuanto a las distancias no afecta a los establecimientos que ya están autorizados, pero sí cuando vayan a solicitar la renovación, para lo que se ha fijado un régimen transitorio.

Además, se posibilita a los municipios, previa comunicación a la Consejería competente en la materia, a declarar un área de su término municipal como zona saturada de locales de juego y se refuerza el control de acceso a los establecimientos, de forma que cada una de las entradas de las que disponga el local cuente con un sistema automatizado destinado a impedir el paso de aquellas personas que lo tengan prohibido.

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