La 'Licencia Exprés' subvenciona los refuerzos del comercio en los festivos

La Ley de Dinamización de la Actividad Comercial comienza a aplicarse en CLM, aportando ayudas públicas para la contratación de trabajadores y horas extraordinarias, que conlleva al pequeño comercio, este avance hacia la liberalización que permite abrir 12 festivos al año

La Ley de Dinamización de la Actividad Comercial comienza a aplicarse en Castilla-La Mancha, gracias a la entrada en vigor de la Orden reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a subvencionar el coste salarial derivado de la realización de horas extraordinarias o de la contratación de nuevos trabajadores que presten sus servicios los domingos y festivos de apertura autorizada en establecimientos comerciales.

Esta Orden, según se recoge en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, tiene por objeto además aprobar la convocatoria para su concesión con cargo al ejercicio presupuestario 2013.

La Ley de medidas de 'licencia exprés', permite a los comercios abrir 12 festivos al año.

En el supuesto de emplear trabajadores pertenecientes a la plantilla de la empresa, será del cien por cien del coste salarial de las horas extraordinarias realizadas por cada uno de los mismos.

El número máximo de horas extraordinarias que podrá realizar el personal de la empresa será el legalmente establecido para los contratos de referencia.

En el supuesto de formalización de nuevos contratos, será del 100% del coste salarial de la jornada realizada por los trabajadores contratados, sin que dicho coste pueda exceder del fijado por las tablas salariales del convenio colectivo que resulte de aplicación.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la presente orden las empresas comerciales, ya sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que dispongan de establecimientos en Castilla-La Mancha.

Los beneficiarios deberán realizar de manera efectiva y continuada una actividad comercial minorista, tener un máximo de cinco trabajadores en plantilla, tener domicilio fiscal y centro de trabajo en Castilla-La Mancha, y acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

Asimismo, debe hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Impuesto de Actividades Económicas, no estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, debe disponer de un plan de prevención de riesgos laborales o, en su caso, compromiso de formalizarlo antes del pago de la subvención; y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

Comentarios