Gobierno y agentes sociales acuerdan subir el salario mínimo a 950 euros este año

Por otra parte, el Gobierno anuncia que derogará por decreto ley el despido por absentismo
El Gobierno y los agentes sociales acuerdan subir el salario mínimo a 950 euros este año
photo_camera El Gobierno y los agentes sociales acuerdan subir el salario mínimo a 950 euros este año

El Gobierno, los sindicatos y la patronal han acordado una subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2020 del 5,5 %, hasta 950 euros brutos mensuales, ha anunciado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

Este incremento supone 50 euros más respecto a los 900 euros fijados para 2019, tras un alza histórica del 22,3 %.

El acuerdo se ha cerrado en la reunión que este miércoles han mantenido la ministra, los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, y los presidentes de CEOE y Cepyme, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva.

La ministra ha confirmado que la subida tendrá carácter retroactivo a 1 de enero de 2020, aunque "por prudencia" no ha confirmado si se aprobará en el Consejo de Ministros del próximo martes o en el siguiente.

El alza se aprueba por real decreto, figura legislativa que no requiere de convalidación parlamentaria, ya que es potestad del Ejecutivo.

"Hoy es un día muy feliz para la democracia y para el conjunto de los trabajadores", ha afirmado la ministra, que ha recordado que aunque el alza impacta directamente sobre un colectivo de alrededor de 2 millones de trabajadores las subidas del salario mínimo tienden a arrastrar este aumento al conjunto de las remuneraciones.

Además, ha negado categóricamente que la subida del SMI tenga un impacto negativo sobre la creación de empleo y ha asegurado que las dificultades de las que se quejan los empresarios agrícolas, por ejemplo, se deben a "factores estructurales graves" que no tienen que ver con los costes laborales sino con la estructura de precios del sector.

Díaz ha querido ceder el protagonismo a los agentes sociales, de quienes ha alabado su flexibilidad para una negociación en la que "todos han cedido".

"A nosotros nos hubiera gustado que fuera algo menos (de 950 euros) porque el impacto de la subida de 2019 ha sido muy importante, (...) pero nos preocupaba más llegar a 1.000 euros, porque no era la cantidad adecuada", ha dicho el presidente de CEOE, Antonio Garamendi.

Ha reconocido que lo mejor es negociar y ha mostrado su voluntad de mantenerse en la mesa de diálogo social para todas las medidas que el Gobierno quiere llevar a cabo.

"950 euros no es bueno, pero menos malo que subir a 1.000 euros", ha asegurado el presidente de Cepyme, Gerardo Cuerva, que ha pedido al Ministerio de Trabajo que tenga en cuenta a las empresas a la hora de hacer política.

Un SMI de 1.000 euros era a lo que aspiraban los sindicatos, si bien se han felicitado por haber conseguido un pacto en el marco del diálogo social que abre la puerta a futuros acuerdos.

"Este acuerdo posibilita que el acuerdo para la negociación colectiva (AENC) firmado con CEOE pueda desarrollarse (...) No hay excusas para que el 1 de enero de 2021 todos los salarios en convenio sean como mínimo de 1.000 euros", ha afirmado el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.

Para el secretario general de CCOO, Unai Sordo, la subida del SMI es "una buena noticia económica para España", ya que "no está demostrado que subir el SMI afecte al empleo, sino todo lo contrario" porque activa el consumo y la economía.

DESPIDO POR ABSENTISMO

En otro orden de asuntos, el Gobierno aprobará "en breve" un decreto ley para derogar el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido por absentismo laboral intermitente en un determinado periodo de tiempo, aunque esté justificado, ha avanzado la ministra de Trabajo.

La medida ha sido comunicada por la ministra a los agentes sociales durante la reunión en la que se ha fijado la subida del salario mínimo para 2020 y se enmarca en el compromiso del Gobierno de coalición de abordar con carácter urgente la derogación de algunos aspectos de la reforma laboral del PP de 2012.

Díaz ha explicado que el decreto ley está "redactado y listo", pero que aún queda por recabar la opinión de los propios agentes sociales y de todos los partidos políticos, dado que se trata de una figura legislativa que requiere de la convalidación parlamentaria.

El artículo 52 contempla que el contrato podrá extinguirse "por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5 % de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses".

El Tribunal Constitucional avaló el despido por absentismo en una sentencia conocida el pasado mes de octubre, si bien la ministra ha recordado que existe otra sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en sentido contrario que obliga a España a corregir este aspecto de la normativa laboral.

Díaz ha confirmado que es el único aspecto que de momento se va a derogar de la reforma laboral de 2012 y ha justificado la urgencia por "una cuestión de derechos humanos".

"Es insoportable en una sociedad democrática que un trabajador tenga miedo de tener una baja por enfermedad y pueda perder el pasaporte para la ciudadanía que es tener un trabajo", ha afirmado.

La ministra va a convocar a los agentes sociales la próxima semana para tratar la modificación de otros aspectos de la reforma laboral, con la idea de comenzar por las cosas que en el acuerdo de Gobierno PSOE-Podemos se catalogaron como más urgentes, ya que considera que hablar de la contratación o el despido requiere más tiempo.

Además de la eliminación del artículo 52, dicho acuerdo incluía recuperar con urgencia la prioridad del convenio sectorial sobre el de empresa y la vigencia indefinida de los convenios colectivos (ultraactividad), después de que con la reforma laboral de 2012 se limitara a un año una vez caducados.

Asimismo, el pacto hablaba de limitar la inaplicación de los convenios para que solo sea posible el descuelgue salarial vinculado a causas económicas "graves", de establecer la contratación indefinida como forma ordinaria de acceso al empleo y de limitar la capacidad de modificación unilateral de las condiciones de trabajo por parte de la empresa.

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