Junta convoca ayudas a proyectos para el empleo de personas jóvenes cualificadas

Podrán acceder a estas ayudas las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios
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La Dirección General de Programas de Empleo ha convocado para el ejercicio 2021 las subvenciones para financiar proyectos para el empleo de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciada por el Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Así consta en la resolución de dicha Dirección General que publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses, a contar desde este sábado, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Programas de Empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Podrán acceder a estas ayudas las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.

En el supuesto de agrupaciones de municipios, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, se deberán hacer constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

También podrán concurrir a esta convocatoria las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las entidades sin ánimo de lucro.

El importe del crédito destinado a la financiación de la convocatoria asciende a 5.368.000 euros. La cuantía de la subvención será de 10.000 euros, por cada contrato temporal formalizado de, al menos, doce meses de duración, que reúna las condiciones establecidas en la orden de bases reguladoras, no pudiéndose superar la cuantía de 50.000 euros por entidad, salvo cuando se trate de proyectos presentados por entidades sin ánimo de lucro, dirigidos al enriquecimiento, promoción y conservación del patrimonio material e inmaterial, cultural, histórico-artístico y/o natural, a la creación cultural y artística en cualquiera de sus vertientes y que constituyan una oportunidad de desarrollo socioeconómico del territorio en el que vayan integrados, para los que no se podrá superar la cuantía de 100.000 euros por entidad.

El importe de la subvención concedida por contrato de trabajo irá destinado a sufragar el coste laboral, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social y no podrá ser superior, en ningún caso, al importe abonado por la entidad beneficiaria en dicho concepto.

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