El Registro de Personal Funcionario Habilitado de CLM entrará en vigor en tres meses

Esta orden será de aplicación a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y en su caso, a los organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este lunes una orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se crea y regula el Registro de Personal Funcionario Habilitado de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que entrará en vigor en tres meses desde este lunes.

Esta orden será de aplicación a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y en su caso, a los organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma.

Según publica el DOCM y recoge Europa Press, en el Registro se harán constar los siguientes datos del personal funcionario habilitado: Documento nacional de identidad o pasaporte, nombre y apellidos del personal funcionario, órgano u organismo de adscripción, puesto de trabajo que desempeña, con indicación de su denominación y código, tipo de habilitación y fechas de inicio y fin de las mismas, fecha de alta en el Registro, fecha de baja en el Registro y causa de la cancelación de la habilitación.

Las habilitaciones que se inscriban en el Registro de Personal Funcionario Habilitado corresponderán a habilitación para la identificación y firma electrónica de las personas físicas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, cuando así lo requieran ante las oficinas de asistencia en materia de registros, en algún procedimiento o trámite disponible por medios electrónicos.

También habilitación para la expedición de copias auténticas electrónicas de cualquier documento en papel, ya sea éste original o copia auténtica, que presenten las personas interesadas en las oficinas de asistencia en materia de registros y que se vayan a incorporar a un expediente administrativo.

Asimismo, habilitación para la expedición de copias auténticas de documentos públicos administrativos válidamente emitidos y relativos a procedimientos competencia del órgano administrativo al que se encuentre adscrito el funcionario habilitado.

Del mismo modo incluye habilitación para la inscripción de las representaciones otorgadas "apud acta" que deseen realizar las personas interesadas mediante comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registro para ser inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.

También comprende habilitación para la recepción de comunicaciones o notificaciones telemáticas remitidas a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por parte de otras administraciones o entes del sector público.

Finalmente, habrá una habilitación para la recepción de comunicaciones o notificaciones telemáticas remitidas, a organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por parte de otras administraciones o entes del sector público.

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