COAG: Hay partes de la Ley Cadena que legitiman los precios por debajo de costes

En un análisis técnico elaborado por esta organización sobre el texto aprobado en el Consejo de Ministros y facilitado a los medios de comunicación, hace referencia al artículo 9 letra "j" en el que se obliga a indicar expresamente en los contratos que el precio pactado entre el productor y su primer comprador cubre el coste efectivo de producción

La organización agraria COAG cree que hay apartados de la nueva Ley de la Cadena Alimentaria que legitiman percibir precios por debajo de los costes de producción.

En un análisis técnico elaborado por esta organización sobre el texto aprobado en el Consejo de Ministros y facilitado a los medios de comunicación, hace referencia al artículo 9 letra "j" en el que se obliga a indicar expresamente en los contratos que el precio pactado entre el productor y su primer comprador cubre el coste efectivo de producción.

Según COAG, el contrato deberá detallar, por ejemplo: “el precio pactado entre las partes cubre los costes de producción”.

Incluyendo esta referencia "ya se estará cumpliendo la ley", apunta COAG, y por tanto "no se entra a dilucidar si la relación entre el precio y el coste es la correcta".

De hecho, esta organización cree que la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA) verificaría que el contrato contiene esa cláusula "y nada más", dado que "no tendría entre su competencia averiguar si se están cubriendo los costes".

Por todo ello, COAG cree que "con esta redacción" normativa se "está legitimando que se pueda estar percibiendo un precio por debajo de costes y, de hecho, se está pidiendo al agricultor o al ganadero que lo legitime con su firma en el contrato, aceptando las posibles presiones de su comprador".

Es una de las críticas que hace COAG a la nueva normativa pero no la única, ya que también vaticina que será la parte con mayor poder de negociación (habitualmente la industria y la distribución) la que establezca el precio final a reflejar en los contratos alimentarios, "como hasta ahora" ocurría.

Lo argumenta en el hecho de que quede a elección de las partes utilizar los índices públicos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación u otras referencias.

"Ya que todo queda bajo el concepto de libertad de pacto, será la parte con mayor poder de negociación la que establezca cuáles son los criterios a considerar, así como el precio final a reflejar en el contrato, como hasta ahora", apunta COAG.

La prohibición de realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos también queda incluida, pero COAG cree que "queda en la libertad" de quien realiza la promoción "asegurar que no se está induciendo a error", es decir, "será interpretable si esto es así o no".

Sobre este asunto, según ha podido comprobar Efeagro, la Ley no recoge finalmente que los operadores deban identificar su precio claramente en la información publicitaria, en la cartelería y en los tiques de compra para que no pueda dar lugar a equívocos, y el consumidor conozca exactamente del alcance de la campaña; aspecto que sí se incluía en un borrador previo.

Por otro lado, la organización agraria cree que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación "da respuesta, en apariencia", a la petición de prohibir la venta a pérdidas a lo largo de toda la cadena pero la posibilita "definitivamente" en el eslabón final.

Encuentra "debilidad" para la puesta en práctica, demostración y acreditación judicial de ese apartado, "especialmente en el caso de los agricultores y ganaderos".

La normativa eleva las cuantías de las infracciones de la ley en diversos apartados, lo que se adapta "en parte" a las peticiones realizadas al Ministerio, según COAG, que también ve recogidas parcialmente sus peticiones sobe la publicidad de las resoluciones sancionadoras.

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