Abogados dicen que se puede pedir la devolución del 'céntimo sanitario'

Mediante una "acción de responsabilidad patrimonial del Estado" por no haber actuado de buena fe y haber aplicado un impuesto ilegal

Los contribuyentes afectados por el denominado 'céntimo sanitario', un recargo en el consumo de combustibles aplicado entre 2002 y 2012 y que ha sido declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), podrán solicitar la devolución de lo indebidamente cobrado durante toda la década en la que estuvo en vigor mediante una "acción de responsabilidad patrimonial del Estado", según el despacho de abogados Ramón y Cajal.

En un documento de este despacho, recogido por Europa Press, los abogados afirman que tanto el Gobierno español como la Generalitat de Cataluña --empresarios de esta Comunidad iniciaron el conflicto legal que ahora ha resuelto el tribunal europeo-- solicitaron al TJUE la limitación temporal de los efectos de la sentencia en caso de ser contraria a sus intereses, dado el grave perjuicio económico que tendría la declaración de ilegalidad de este recargo, cifrada en 13.000 millones de euros recaudados entre 2002 y 2011.

Sin embargo, aclara el despacho Ramón y Cajal, el TJUE se manifiesta "de forma clara y rotunda" contra esta pretensión al considerar que el Gobierno español no ha actuado de buena fe al mantener el 'céntimo sanitario' en vigor durante un periodo de 10 años y, por tanto, "no procede limitar en el tiempo los efectos de la sentencia".

De esta forma, se abre la posibilidad de reclamar no sólo por los ejercicios no prescritos, los cuatro últimos y aquellos interrumpidos por estar ya recurridos, que se tendrán que solicitar a la Agencia Tributaria, sino también por el resto de años que, aún prescritos administrativamente, se pueden solicitar "a través de una acción de responsabilidad patrimonial del Estado".

Eso sí, el despacho indica que para ello los ciudadanos y empresas afectadas deberán estar en posesión de las facturas que contengan el detalle de los litros consumidos y el 'céntimo sanitario' devengado para que la solicitud de devolución de ingresos indebidos pueda prosperar.

El TJUE hizo pública ayer su sentencia en contra del 'céntimo sanitario', en la que explicaba que se trata de un tributo contrario a la legislación comunitaria, ya que no puede considerarse que dicho impuesto persiga una finalidad específica, dado que no tiene por objeto garantizar la protección de la salud y el medioambiente por el que fue creado, sino que simplemente tiene afán presupuestario.

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