Aprobado el Plan General de Contabilidad Pública de la Junta de Comunidades

La aprobación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública para el sector público regional permitirá incorporar a Castilla-La Mancha al proceso de normalización contable puesto en marcha a nivel nacional

En la imagen de archivo la sede de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha en Toledo
photo_camera En la imagen de archivo la sede de la Consejería de Hacienda del Gobierno de Castilla-La Mancha en Toledo

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado la Orden por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, que será de aplicación obligatoria para la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y el resto de entes del sector público regional y entrará en vigor el 1 de enero de 2019.

Según la Orden publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recogida por Europa Press, la aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, en la fecha de apertura del primer ejercicio de su aplicación, se efectuará de acuerdo con distintos criterios.

En concreto, el asiento de apertura de la contabilidad del ejercicio en el que se aplique por primera vez el Plan se realizará con conversión a las cuentas del nuevo plan, partiendo de los saldos de las cuentas y de los conceptos contables del anterior Plan contable al cierre del ejercicio precedente, realizando a continuación y de forma previa a la nueva apertura contable, los ajustes establecidos contemplados en los criterios contables del nuevo Plan.

Asimismo, a dicha fecha se deberán haber recogido las reclasificaciones de los elementos patrimoniales que corresponda, de acuerdo con las definiciones y los criterios contables incluidos en el Plan General de Contabilidad Pública que se aprueba por la presente Orden.

Las primeras cuentas anuales que se formulen aplicando el Plan General de Contabilidad Pública no se reflejarán en el balance, en la cuenta del resultado económico patrimonial ni en el resto de estados que incluyan información comparativa, las cifras relativas al ejercicio o ejercicios anteriores.

Asimismo, en la memoria de estas primeras cuentas anuales, se creará un apartado con la denominación de 'Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables', en el que se incluirá una explicación de las principales diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio anterior y los actuales, de los ajustes contables que proceda realizar previamente al asiento de apertura, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación de criterios contables en el patrimonio neto de la entidad.

El primer ejercicio de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para aquellos entes que, de conformidad con el apartado 4 del artículo 106 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, deban someterse a un régimen de contabilidad pública, coincidirá con aquel en que figuren sus presupuestos como una sección presupuestaria más en la Ley de Presupuestos anuales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y siempre que esta última entre en vigor el primer día del ejercicio a que estuviese referida.

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