Publicada la resolución del convenio para la explotación del Parque de Segóbriga

El DOCM publicó una resolución de la Dirección General de Cultura, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Consejería y la Diputación para la explotación del Parque Arqueológico de Segóbriga

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicó una resolución de la Dirección General de Cultura, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Diputación de Cuenca para la explotación de las actividades de difusión y ocio del Parque Arqueológico de Segóbriga, en Saelices (Cuenca).

Según publicó el DOCM, es objeto del convenio de colaboración regular las condiciones de la explotación de las actividades de difusión y de ocio del parque, cuyas actividades son las que impliquen la difusión del patrimonio arqueológico, histórico, cultural y medioambiental de los bienes incluidos en este espacio.

Además, se incluyen las actividades de mantenimiento, limpieza y vigilancia de las instalaciones y bienes, esto es, el yacimiento arqueológico y el centro de interpretación.

No entran dentro del objeto de este convenio y, por tanto, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha mantiene el ejercicio de las funciones relativas a la investigación, excavación, documentación, registro, restauración, conservación y rehabilitación del patrimonio cultural en el Parque Arqueológico de Segóbriga. Se excluye también el edificio del almacén del museo.

Las actuaciones contempladas en el presente convenio tendrán vigencia desde la firma del mismo y hasta un plazo de seis años. Dicho plazo se prorrogará por acuerdo expreso de las partes por anualidades completas y hasta un máximo de doce años, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de no renovarlo con tres meses de antelación a la finalización del plazo inicial de duración o de cualquiera de sus prórrogas.

Funciones de la Diputación

La Diputación de Cuenca se compromete a realizar un plan anual de explotación que deberá ser presentado en el último trimestre del año y que requerirá la aprobación del Centro del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

En este plan se incluirá la promoción, planificación y organización de las visitas públicas dentro del parque arqueológico, que deberá de incluir un horario de apertura del mismo de, al menos, 24 horas semanales distribuidas de forma regular.

Asimismo, se incluye la conservación y vigilancia de los bienes culturales y naturales integrantes del parque arqueológico; la conservación y vigilancia de las instalaciones y materiales, de equipos y bienes muebles.

El precio de la entrada general al parque no podrá ser inferior a 5 euros. También se incluye en este plan la gestión de la tienda y de la cafetería, la elaboración y edición de los contenidos informativos, culturales y educativos y los materiales y soportes didácticos necesarios para la adecuada difusión y divulgación del conocimiento del patrimonio cultural y natural de este parque.

La Diputación de Cuenca llevará a cabo la explotación de las funciones y actuaciones de difusión y ocio del parque, de forma directa o indirecta, debiendo en todo caso garantizar la adecuada solvencia del personal técnico, de mantenimiento, administrativo y auxiliar, propio o ajeno.

Financiación

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, pondrá a disposición de la Diputación de Cuenca todos los bienes culturales y naturales integrantes del parque arqueológico, así como las instalaciones y materiales del Parque.

Además, la Dirección General de Cultura pondrá a disposición de la Diputación los medios personales con que cuenta el parque, consistentes en dos ordenanzas, que en todo caso seguirá siendo personal de la Junta.

En el caso de que las funciones y actuaciones objeto del Convenio se desarrollen de forma directa, la Diputación hará propios los ingresos resultantes de la ejecución y realización de las funciones que se asumen, y que se derivan de la venta de entradas a visitar el parque, la venta de entradas actividades, la venta de productos de la tienda y máquinas expendedoras.

En el caso de que la gestión de las funciones y actuaciones objeto del convenio se desarrollen por medio de gestión indirecta, la participación por parte de la Diputación Provincial en los resultados de la explotación dependerá de la modalidad de contratación elegida.

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