Confirman la condena de 13 años al hombre que maltrató e hizo abortar a su pareja

El Tribunal desestima así todos los motivos del recurso de casación planteados por el recurrente contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que le impuso la citada pena
En la imagen de archivo la sede del Tribunal Supremo en la ciudad de Madrid
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 13 años y 11 meses de prisión impuesta a un hombre por maltratar de forma habitual a su pareja y obligarla a abortar en contra de su voluntad en una clínica de Ciudad Real en 2012.

El Tribunal desestima así todos los motivos del recurso de casación planteados por el recurrente contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que le impuso la citada pena de prisión por dos delitos de maltrato --uno sin lesiones y otro habitual cometido en domicilio común--, dos delitos de lesiones y un delito de aborto, con la agravante de parentesco, apreciando en todos ellos la atenuante de dilaciones indebidas.

La sentencia recurrida, ha informado el Supremo, impuso al recurrente el pago de una indemnización a la víctima, en concepto de responsabilidad civil, de 103.304 euros, además de la prohibición de comunicar por cualquier medio con ella y de acercarse a una distancia inferior a 500 metros durante un tiempo determinado.

La Sala desestima también el recurso de casación interpuesto por la víctima, por el que pedía que se declarase la indebida aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, elevando las penas impuestas en todos los delitos. Del mismo modo, rechaza el motivo en que reclamaba que se condenase al recurrente por un delito del artículo 149.1 del Código Penal (lesiones de grave enfermedad somática y psíquica causadas a la víctima) del que fue absuelto el acusado.

La sentencia recurrida consideró probado que desde el inicio de la relación el condenado fue de forma progresiva aumentando las actuaciones, frases, expresiones y palabras "con una clara intención de menospreciar, humillar, anular, denigrar a la víctima, que se vio absoluta y totalmente vejada y sometida a los deseos del recurrente". "Incluso llegó a rociarla de gasolina, a taparle su cabeza con una bolsa impidiendo su respiración, a sacarla al balcón desnuda o a asomar su cabeza a un pozo, además de propinarle patadas, golpes y bofetones", añade.

Del mismo modo, añade que tras quedarse embarazada, la obligó a abortar y, pese a que ella quería tener un hijo, decidió hacerlo por el pánico que tenía al acusado. Según los hechos probados, convirtió la vida de la mujer en un auténtico horror y la convivencia en un infierno, sometida de continuo a los deseos del acusado.

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