Desestiman recurso del alcalde de Valdepeñas contra el archivo de una denuncia

El acalde de Valdepeñas (Ciudad Real), Jesús Martín, durante la rueda de prensa que ha ofrecido en el Consistorio este lunes
photo_camera El acalde de Valdepeñas (Ciudad Real), Jesús Martín, en una imagen de archivo en rueda de prensa

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha desestimado el recurso de apelación interpuesto, a título personal, por el alcalde de Valdepeñas, Jesús Martín, contra un auto que sobreseyó y archivó provisionalmente la querella por calumnias contra un exconcejal de UCIN que lo llamó "maltratador".

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, asume "íntegramente" los "acertados fundamentos" recogidos en el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Valdepeñas, que sobreseyó y archivó provisionalmente la querella presentada contra el entonces concejal de la Unión de Ciudadanos Indepencientes (UCIN) José Manuel Pena por el regidor municipal.

Pena ha dado a conocer hoy este auto de la Audiencia de Ciudad Real sobre la querella que interpuso Martín, después de que el exconcejal y entonces portavoz de UCIN en el Consistorio dijera que tres trabajadoras del Ayuntamiento estaban maltratadas.

El representante de UCIN hizo estas manifestaciones en noviembre de 2014, en una rueda de prensa que coincidió con la celebración del Día Internacional Contra la Violencia de Género.

En sus fundamentos de derecho, el juzgado de Valdepeñas que vio la querella en primera instancia consideró que Pena, en su condición de miembro de un grupo político de la oposición, tildó al alcalde de maltratador "por su forma de proceder, a su juicio inapropiada y discriminatoria" con respecto a estas trabajadoras.

Asimismo, el juzgado apuntó que en casos como éste "en el que colisionan el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor", los titulares de cargos públicos, en cualquier institución a la que sirvan, "han de soportar las críticas o las revelaciones aunque duelan, choquen o inquieten o sean especialmente molestas o hirientes", según varias sentencias del Tribunal Constitucional.

"Igualmente se debe tomar en consideración el contexto en que se producen, como una entrevista o intervención oral, y por encima de todo, si en efecto contribuyen a la formación de la opinión pública libre", se subraya en la resolución contra la que no cabe recurso.

José Manuel Pena ha valorado la desestimación de la querella "porque defiende la libertad de expresión y crítica que ejercemos los concejales en el ejercicio de nuestras funciones frente a los poderes públicos".

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