Diputación de Ciudad Real flexibiliza de nuevo los plazos de pago de tributos municipales

Se establecerá una carencia de 6 meses en los fraccionamientos para paliar los efectos de la COVID en las empresas, las economías domésticas y los autónomos
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photo_camera El presidente de la Diputación de Ciudad Real, José Manuel Caballero (c), ha informado de una nueva flexibilización en el pago de tributos municipales

La Diputación de Ciudad Real ha flexibilizado de nuevo los plazos y condiciones de los aplazamientos y fraccionamientos en el pago de los tributos municipales, tanto en voluntaria como en ejecutiva, cuya gestión de cobro están delegados o concertados en la institución provincial.

Su presidente, José Manuel Caballero Serrano, favorecerá una nueva flexibilización en los plazos y condiciones del pago de los tributos municipales este año, en el marco del Plan Ciudad Real Activa para la recuperación socioeconómica de la provincia, ha informado este domingo en una nota de prensa la Diputación Provincial ciudadrealeña.

Asimismo, ha recordado que el Plan Ciudad Real Activa permite la puesta en marcha de más medidas extraordinarias en el ámbito tributario y fiscal, respecto al pago de los tributos e ingresos de derecho público cuya gestión de cobro tiene delegada o concertada la institución a través del Servicio de Gestión Tributaria, Inspección y Recaudación, con los ayuntamientos y las comunidades de regantes.

Es el segundo decreto de esta naturaleza que ejecutará el servicio de recaudación que dirige el vicepresidente del Área de Hacienda, Gonzalo Redondo, en lo que va de 2020, un año difícil y complicado por la pandemia, con el objetivo de aliviar las economías domésticas y la precaria situación de empresas y autónomos.

La Diputación Provincial de Ciudad Real ha detallado que esta medida tiene como objetivo mitigar los efectos de la crisis que ha ocasionado la incidencia de la Covid-19 en el territorio ciudadrealeño, ya que el momento actual, aunque no es comparable con el que se registró en la pasada primavera, no evidencia signos de una recesión definitiva del virus a corto o medio plazo.

Así, se han decretado medidas extraordinarias que tienen que ver con el aplazamiento y fraccionamiento de los pagos tanto en ejecutiva como en voluntaria. En lo que se refiere a los primeros, se podrá conceder un período de hasta 18 meses para las deudas en voluntaria, en tanto que el periodo será de hasta 24 meses para los débitos en ejecutiva.

Y para los fraccionamientos en voluntaria el plazo máximo será de 18 meses con carácter general, siempre que se cumplan los demás requisitos de cuantía mínima de las fracciones, mientras que en ejecutiva el plazo se sitúa en 36 meses.

En ambos casos, los contribuyentes se pueden acoger a un período de carencia de 6 meses, según se desprende del contenido del decreto que firmará el presidente de la Diputación de Ciudad Real.

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