Archivada la causa contra concejal de Puertollano acusado de retirada de multas

En la imagen de archivo el Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real)
photo_camera En la imagen de archivo el Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real)

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Puertollano (Ciudad Real) ha archivado las actuaciones por la presunta retirada de multas a establecimientos hosteleros entre los años 2013 y 2014, en cumplimiento del auto de la sección primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que rechazó definitivamente la denuncia interpuesta por un hostelero de Puertollano contra el edil Jesús Fabián Caballero. El caso sigue estudiándose en una comisión informativa especial en el seno del Consistorio.

En la diligencia de ordenación, de 12 de enero de 2018, consultada por Europa Press, el juzgado de Puertollano decreta el archivo de las diligencias, una vez recibido el auto de la Audiencia Provincial, de 21 de septiembre, en el que los magistrados desestiman el recurso de apelación interpuesto por el hostelero contra uno anterior, de 12 de junio, del Juzgado de Puertollano, que ya confirmaba por segunda vez el sobreseimiento provisional de las actuaciones tras un recurso de reforma presentado por el denunciante contra el archivo, en febrero, de la primera denuncia anónima que inició el proceso.

Así, la del Juzgado puertollanense supone la cuarta resolución judicial que rechaza las actuaciones contra el concejal y, en la práctica, pone fin al proceso por esta vía.

El auto de la Audiencia Provincial, contra el que no cabe recurso, desestimó la denuncia del hostelero al considerar que "no ostenta legitimación, en estos momentos, para sostener la acción penal". Así, el tribunal argumenta que el denunciante afirma personarse como "acusador particular o privado", es decir como sujeto ofendido por el delito en sentido estricto, "por lo que no resultando aplicable lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no puede tenérsele por personado".

En este sentido la Audiencia puntualiza que "no se ha producido personación como acusación popular, cumpliendo sus requisitos", y que "afirmado por el recurrente su personación como acusación privada, no puede tenérsele como tal, máxime cuando ni siquiera se arroga condición de perjudicado alguno directo por los hechos que se imputan".

Esta resolución abunda en los mismos términos que ya utilizara el juzgado de primera instancia de Puertollano, que además consideraba que "de la documental aportada (referente su mayor parte a hechos posteriores a la denuncia) siguen sin desprenderse indicios de la comisión de ilícito penal alguno".

El caso tuvo su origen en una denuncia anónima presentada al juzgado en enero y enviada el 11 de marzo de 2017 a los correos electrónicos de los grupos municipales acompañada de diversa documentación municipal. El juzgado de Puertollano archivó las actuaciones en un auto emitido en febrero, si bien los tres grupos de oposición, PP, IU y Ciudadanos, que entonces no conocían esta resolución judicial, solicitaron en marzo una comisión especial informativa para estudiar el caso tras contrastar los hechos con agentes de la Policía Local.

Por su parte, el edil contextualizaba los hechos en el proceso de regularización de las instalaciones hosteleras a la ordenanza de terrazas de 2013, un proceso que, según afirmaba, era "conocido por todos".

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