Justicia falla contra Diputación de Albacete por variar tareas de funcionario

En la imagen de archivo el edificio-sede de la Diputación Provincial de Albacete en la capital albaceteña
photo_camera En la imagen de archivo la sede de la Diputación Provincial de Albacete en la capital albaceteña

El juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Albacete ha fallado a favor del sindicato CSIF y contra la Diputación de Albacete por atribuir al personal laboral funciones propias del personal funcionario.

Así aparece reflejado en la sentencia, que ha hecho pública CSIF, en la que declara nulo el nombramiento del técnico de Coordinador de la Sección de Juventud y Deportes.

La sentencia recuerda que la Ley 4/2011, del Empleo Público en Castilla-La Mancha, establece que la atribución temporal debe recaer en funcionarios de carrera.

El sindicato CSIF ha considerado que, con esta sentencia, "queda manifiesta la arbitrariedad de la Diputación provincial, ya que se constata la falta de motivación de que supuestos excepcionales se dan en el presente caso para acordar dicha atribución temporal de funciones".

En el documento se explica que el nombramiento se realizó, por decreto de Presidencia, en el año 2016

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