Condenan a medio año de cárcel a una albaceteña que robó seis veces en un mes

En la imagen de archivo el Palacio de Justicia - Juzgados en la ciudad de Albacete. Sede del Tribunal Superior de Justicia de CLM (TSJCM)
photo_camera En la imagen de archivo el Palacio de Justicia - Juzgados en la ciudad de Albacete. Sede del Tribunal Superior de Justicia de CLM (TSJCM)

Seis meses de cárcel y el pago de una indemnización de 1.225 euros es la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal 3 de Albacete a una mujer por un delito continuado de hurto, tras robar seis veces en el plazo de un mes en varios lugares de la capital albaceteña, dos de ellas en el hospital general.

La procesada, según figura en la sentencia, es Milagros, G.M., de 55 años, con condenas anteriores por delitos similares, si bien ahora se le aplica una sentencia con la atenuante de "dilaciones indebidas" por el retraso en el fin del procedimiento judicial.

Según el fallo facilitado por el Tribunal de Justicia de la región, el primer hurto se produjo hace 4 años, la tarde del 22 de marzo de 2014, en una habitación del Hospital General Universitario donde la ladrona "sustrajo una cartera" que contenía documentación y 250 euros en efectivo.

Al día siguiente repitió el hurto en otra habitación y se llevó otra cartera, aunque esta vez la "abandonó en otras dependencias" del centro hospitalario sin llevarse nada.

Según recoge la sentencia en los hechos probados, pocas semanas después, el 16 de abril, la procesada robó un bolso en el almacén de una churrería de la Avenida Menéndez Pidal y cogió dinero en metálico.

Cinco días después, en un establecimiento de hostelería, robó una cartera con 10 euros en metálico y ese mismo día cometió el quinto hurto, en un pub de la calle Concepción, donde entró en la zona de cocina y cogió un monedero con 15 euros.

El sexto hurto de la carterista se produjo en una escuela infantil de la calle Hermanos Jiménez, donde aprovechó un descuido para coger un bolso en un carrito de bebé y se llevó tres teléfonos móviles, 40 euros en efectivo y documentación personal.

En la sentencia, se recoge la agravante de reincidencia para Milagros G.M., pero también la atenuante de dilaciones indebidas porque "el procedimiento estuvo paralizado en instrucción" de mayo de 2016 a julio de 2017. 

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