Multan por más de 470.000 euros a una distribuidora por estafar a una empresa

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a M.A.S.G. a tres años, seis meses y un día de cárcel, a una multa de 2.700 euros y a que indemnice a una empresa distribuidora de aire acondicionado en 157.457 euros, al considerarlo autor de un delito de falsedad en documento mercantil, en concurso con un delito de estafa.

Asimismo, la Audiencia condena también a la compañía de distribución de electrodomésticos imputada, Distribuciones Q., como autora de un delito de estafa agravada, a que indemnice a la empresa de aire acondicionado en 157.457,45 euros y, además, deberá hacer frente a una multa por el triple de ese montante, por 472.372 euros.

Según recoge como hechos probados la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la empresa afectada, que se dedica a la fabricación de equipos de climatización, vendía sus productos a Distribuciones Q., desde el año 2001 le suministraba aparatos de aire acondicionado y equipos de climatización de uso doméstico que ésta vendía en su establecimiento comercial, en Albacete.

Para garantizar el pago, la distribuidora en Albacete entregaba avales bancarios por un valor superior al importe del precio de las mercancías recibidas y, habitualmente antes del vencimiento de los avales, o se pagaba la mercancía servida, o se constituía otro aval por cuantía superior, o se abonaban parcialmente las cantidades adeudadas.

M.A.S.G. era administrador de esta distribuidora de electrodomésticos y así, cuando la vendedora de aire acondicionado le emitió facturas por la mercancía suministrada y la empresa imputada constituyó un aval por valor de 150.000 euros, antes de su vencimiento, el acusado, como administrador de Distribuciones Q., sustituyó el aval, elaborando un nuevo documento con la forma de un aval mayor (por 170.000 euros), con fecha posterior de vencimiento y cuyo aspecto era de verdadero, con el objeto de crear apariencia de solvencia para que la empresa afectada siguiera suministrándole mercancía, a pesar de que la sociedad compradora, a través de su administrador único, M.A.S.G., no tenía intención ni posibilidad alguna de abonar el precio de dichas mercancías.

A la vista de que la deuda generada por Distribuciones Q. se había incrementado desmesuradamente, la empresa de aire acondicionado le requirió el abono de la cantidad adeudada, la cual ascendía a 157.457,45 euros, a través de burofax, de fecha 16 de septiembre de 2011, dándole un plazo de 5 días comunicándole que en caso contrario, ejecutarían la garantía bancaria por importe de 170.000 euros, algo que no pudo realizar porque, al intentar ejecutar el cobro del aval, descubrió que el banco no lo había emitido, por lo que se negó a pagar la cantidad reclamada.

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