Condenan a más de 8 años a un hombre que abusó sexualmente de una menor

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a un hombre, V.S.M., a ocho años y seis meses de prisión por abusar sexualmente de una menor de la que era tío político, y a la que tendrá que indemnizar

En la imagen de archivo el Palacio de Justicia - Juzgados en la ciudad de Albacete. Sede del Tribunal Superior de Justicia de CLM (TSJCM)
photo_camera En la imagen de archivo el Palacio de Justicia - Juzgados en la ciudad de Albacete. Sede del Tribunal Superior de Justicia de CLM (TSJCM)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a un hombre, V.S.M., a ocho años y seis meses de prisión por abusar sexualmente de una menor de la que era tío político, y a la que tendrá que indemnizar con 10.000 euros. Tampoco podrá acercarse ni contactar con ella por un periodo de 12 años.

La Audiencia, sin embargo, absuelve a J.V.C., para quien la Fiscalía también había solicitado cárcel por un delito de abuso sexual, aprovechando su condición de pastor de la iglesia evangélica a la que acudía la familia de la menor.

La sentencia considera como hechos probados que el acusado V.S.M., nacido en Bolivia y de nacionalidad española, en fecha no determinada, pero entre los meses de febrero y marzo de 2013, mantuvo una relación sexual completa con una menor, en el domicilio de ésta, en Nava de Abajo (Albacete).

El documento recoge también que numerosos testimonios afirmaron que la menor tenía "tendencia a mentir" y también "son numerosos los testimonios que establecen que la niña estaba enamorada de J.V.C., pastor de la Iglesia Evangélica".

Incluso "sus padres relataron que, en fechas indeterminadas, detectaron notas manuscritas y mensajes telefónicos de tipo romántico escritos por su hija y dirigidos, pero no remitidos, al pastor" si bien éste aseguró que "ese sentimiento no era correspondido".

Por todo ello, la Audiencia, en la sentencia, concluye en que procede decretar la absolución de J.V.C. puesto a que "no hay otras pruebas incriminatorias". Sin embargo, respecto al otro acusado, V.S.M., no hay duda porque sus declaraciones, tanto la policial como la del sumario, "son autoincriminatorias", aunque en el juicio lo negó.

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