El Gobierno rechaza 9 recursos contra permisos de hidrocarburos, uno en Albacete

El Consejo de Ministros ha rechazado en su reunión semanal nueve recursos en contra de dos permisos de investigación de hidrocarburos, uno de ellos el de 'Urraca', ubicado en Burgos y Álava, y otro el de 'Leo', situado en Albacete y Murcia

El Consejo de Ministros ha rechazado nueve recursos en contra de dos permisos de investigación de hidrocarburos, uno de ellos el de 'Urraca', ubicado en Burgos y Álava, y otro el de 'Leo', situado en Albacete y Murcia.

Los recurrentes alegaban que los expedientes se han tramitado con total ausencia de información y participación públicas, se habían concedido sin la evaluación de impacto ambiental y el otorgamiento de los permisos infringía la legislación sectorial sobre el dominio público hidráulico.

En el caso del permiso 'Urraca', los recurrentes denuncian que las investigaciones prevista afecta a parques naturales. Los recurrentes del permiso 'Leo' señalan por su parte que vulneraba la Ley del Patrimonio Natural, dada la proximidad a espacios declarados de Importancia Comunitaria y a Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), integrantes en la Red Natura 2000.

La desestimación argumenta que ni la Ley de 2006 que regula el acceso a los derechos de información y participación en materia de medio ambiente ni el Convenio Aarhus recogen la obligación de los poderes públicos de facultar la participación en el procedimiento de otorgamiento de un permiso de investigación, ni tampoco el derecho del público en general (persona física o jurídica, asociaciones, organizaciones y grupos) a dicha participación.

En cuanto a la ausencia de evaluación de impacto ambiental, el Ejecutivo señala que el permiso otorga un mero título demanial, es decir, da exclusividad a su titular para investigar la existencia de hidrocarburos, pero no autoriza automáticamente ningún tipo de trabajo.

De esta forma, no pueden desprenderse desde su punto de vista ni daños al medio ambiente, ni a la Red Natura, ni a la salud de las personas, puesto que tales daños se producirían, en su caso, por los trabajos específicos previstos en el programa de investigación del permiso, y son estas actuaciones las que deben venir precedidas de la evaluación de impacto ambiental.

Respecto a la vulneración de la legislación sobre dominio público hidráulico y los daños que puedan derivarse para la salud de las personas, el Gobierno indica que los referidos efectos negativos potenciales, como filtraciones y vertidos incontrolados de las aguas tóxicas y peligrosas, no pueden ser valorados cuando se otorga el permiso de investigación.

Estas repercusiones, afirma, se valoran cuando se autorizan los trabajos específicos a realizar, momento éste en el que, en el seno del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, los efectos sobre el medio ambiente, las aguas y la salud podrán determinarse con precisión.

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