Tribunal de Cuentas aprecia gastos de partidos en elecciones no subvencionables

Pese a esta deficiencia en el cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el informe relativo a las contabilidades de los ingresos y gastos electorales de las formaciones políticas, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores
Los candidatos a la Presidencia de Castilla-La Mancha el 26M, Daniel Arias, José García Molina, Emiliano García-Page, Francisco Núñez y Carmen Picazo, en el debate electoral en la RTV pública de la región - EFE/Ismael Herrero
photo_camera Imagen de archivo del debate electoral de los candidatos a la Presidencia de Castilla-La Mancha en 2019

El Tribunal de Cuentas ha apreciado la existencia de gastos, por importe de 10.100 y 1.300 euros, por parte de los partidos que concurrieron a las elecciones autonómicas de 2019 y, por tanto, no ha admitido los mismos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales.

Pese a esta deficiencia en el cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el informe relativo a las contabilidades de los ingresos y gastos electorales de las formaciones políticas, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, según ha informado el órgano fiscalizador en un comunicado.

Entre sus conclusiones, el informe indica que las tres formaciones políticas -PSOE, PP y Ciudadanos- obligadas a presentar al Tribunal de Cuentas su contabilidad de este proceso electoral "han cumplido con dicho deber" a través de la sede electrónica de la Institución.

En cuanto a la regularidad de los ingresos y gastos electorales, ha apuntado que los partidos han declarado recursos por un total de 1.210.655,65 euros, de los que un 25,45 % procedía de endeudamiento bancario y microcréditos, un 32,85 % de adelantos de subvenciones electorales y el resto de aportaciones de la propia formación política.

Los gastos regulares que han sido considerados justificados por el Tribunal de Cuentas han ascendido a 1.204.443,10 euros, de los que 869.515,02 euros corresponden a operaciones electorales ordinarias y 334.928,08 euros al envío directo y personal de propaganda electoral.

El Tribunal ha destacado que "ninguna formación política ha superado el límite máximo de gastos" previsto para estas elecciones autonómicas, ni los límites en los gastos de publicidad exterior y de publicidad en prensa y radio.

Además de los gastos no subvencionables que ha apreciado, el organismo también ha señalado otros incumplimientos legales en el proceso electoral como la existencia de tres proveedores que no han cumplido con la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas información detallada de la facturación efectuada a las formaciones políticas por importes superiores a 10.000 euros, resultando un saldo no informado de 56.958,38 euros.

Con todo, el órgano fiscalizador ha realizado una serie de recomendaciones al Gobierno de la nación y al de la comunidad autónoma, así como a las formaciones políticas y a la Junta Electoral Central.

Al Ejecutivo central le ha aconsejado evaluar la eficiencia material y económica de las fórmulas actuales de envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas o de propaganda electoral, así como especificar las categorías de los gastos electorales imputables a subvención, prever que las donaciones privadas se dirijan a financiar las campañas, adecuar los límites de gastos en publicidad y regular nuevas fórmulas de financiación.

De igual forma, al Gobierno de Castilla-La Mancha le ha recomendado considerar la oportunidad de vincular el límite máximo de gastos electorales con el número de electores más que con el número de habitantes de cada circunscripción.

También ha planteado a los partidos que indiquen a las empresas que les hayan facturado un importe superior a 10.000 euros por operaciones de campaña electoral que aporten al Tribunal de Cuentas la información que deben facilitarle.

Y en relación a la Junta Electoral Central, el Tribunal de Cuentas ha estimado que debe establecer un código identificativo único para cada formación con el objetivo de facilitar una mejor correspondencia entre los resultados electorales de las candidaturas y las contabilidades electorales y que remita una relación de las candidaturas que se presenten inmediatamente después del acuerdo de proclamación de las mismas.

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