El Tribunal Constitucional avala el 155 en Cataluña por ser una situación excepcional

Este fallo convierte en doctrina constitucional la disolución del Gobierno catalán por acuerdo del Senado

En la imagen de archivo la sede del Tribunal Constitucional en la ciudad de Madrid
photo_camera En la imagen de archivo la sede del Tribunal Constitucional en la ciudad de Madrid

Casi dos años después de la inédita aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña, el TC ha avalado por unanimidad esta medida impulsada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy por primera vez en democracia y que acabó con la destitución en bloque del Govern de Carles Puigdemont.

Por el momento se desconoce el contenido íntegro de las sentencias, de las que solo se ha publicado el fallo, si bien fuentes del tribunal explican a Efe que éstas abundarán en la proporcionalidad de una medida que, sin embargo, el TC estima que solo puede aplicarse en situaciones excepcionales de extrema urgencia.

Como la que, según este argumento, ocurría en Cataluña tras la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal, y la posterior proclamación de la declaración unilateral de independencia (DUI) tras renunciar Puigdemont a convocar elecciones, como le pedían algunos miembros de su Govern.

Era el 27 de octubre de 2017 y el Senado daba luz verde al Gobierno para asumir las competencias de las instituciones catalanas en pleno desafío independentista catalán en el que, tan solo unas horas antes, el Parlament había aprobado la DUI, en cuyo preámbulo declaró un "Estado independiente en forma de república".

El máximo intérprete de la Constitución anuló esa declaración de independencia y ahora se ha pronunciado por primera vez sobre el 155 en dos sentencias que suponen un espaldarazo a la medida aprobada por mayoría absoluta en la Cámara Alta.

El Constitucional desestima casi íntegramente los recursos que presentaron sucesivamente el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y el Parlament de Cataluña. 

Tan solo admite, y con ello anula, un precepto relativo a las publicaciones en los boletines oficiales. En concreto, la parte del acuerdo del Consejo de Ministros que privaba de efectos la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña o en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña de disposiciones normativas o actos sin autorización del Gobierno o en contra de lo dispuesto por éste.

En cuanto al recurso del Parlament, el tribunal de garantías también respalda "todas las disposiciones" que se dictaron "en desarrollo o como complemento o adicción" de las medidas aprobadas por el Senado.

La aplicación del 155 supuso el cese del presidente de la Generalitat de Cataluña y de todo su Gobierno y el control por parte del Ejecutivo central de las competencias de esa comunidad hasta las elecciones celebradas el 21 de diciembre.

Las fuentes consultadas por Efe han subrayado su satisfacción porque ambas sentencias se hayan acordado por unanimidad de los doce miembros del tribunal, que llevan tiempo debatiendo sobre el alcance constitucional de dicho artículo.

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha comentado que en este proceso "el Estado de Derecho ha funcionado" con la revisión del Constitucional de una medida de "muy excepcional" aplicación.

Aunque las sentencias del TC respaldan la actuación del Ejecutivo de Rajoy, los magistrados recalcan que se trata de un mecanismo excepcional, una apreciación significativa en un momento político en el que el PP y Ciudadanos han hecho de su aplicación una de sus principales banderas. 

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