¿Es necesaria una ley de la Corona para hacer más transparente la monarquía?

La monarquía está regulada por una decena de artículos del Título II de la Constitución, donde se detallan sus funciones, si bien este bloque no ha tenido desarrollo legislativo, con la excepción de la ley orgánica por la que se hizo efectiva la abdicación del rey Juan Carlos en junio de 2014
El discurso de Nochebuena del rey Felipe VI en diez frases y el texto íntegro
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El anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de que hay planeada "una hoja de ruta de renovación" de la monarquía ha alimentado la posibilidad de que esa reforma se acompase con una ley de la Corona para hacerla más transparente y clarificar sus cometidos.

La monarquía está regulada por una decena de artículos del Título II de la Constitución, donde se detallan sus funciones, si bien este bloque no ha tenido desarrollo legislativo, con la excepción de la ley orgánica por la que se hizo efectiva la abdicación del rey Juan Carlos en junio de 2014.

La erosión causada en la institución por los presuntos negocios ocultos del rey emérito ha llevado al Gobierno a anunciar cambios que se darán a conocer "paso a paso", sin precisar cuáles serán su alcance.

Una ley de la Corona, aunque "no sería imprescindible" desde el punto de vista jurídico, "protegería y reforzaría" la institución al "dar rango legal a lo que el rey ya ha hecho voluntariamente", como prohibir las donaciones y regalos o publicar las cuentas de la institución, según sostiene, en declaraciones a EFE, el profesor titular de Derecho Constitucional de la UPV/EHU Javier Tajadura.

Desde un prisma político, sería igualmente "oportuna", añade Tajadura, porque contaría con el apoyo de PSOE y PP.

"Para la Corona es positiva y para los partidos también, porque dan la imagen de que se pueden poner de acuerdo sobre algo. Sería bueno además para los que son adversarios de la monarquía, porque van a poder dar su opinión legítima. Con lo cual, todos ganan", argumenta el profesor de la UPV.

Lo que no viable a través de una norma es modificar la inviolabilidad del rey o su libertad para distribuir el presupuesto de la institución, al estar amparados por el Título II.

"Con la ley, no puedes poner límites a la inviolabilidad, porque la Constitución establece que es absoluta. Donde el constituyente no distinguió, el legislador no puede distinguir", apunta Tajadura, para quien hoy en día no es realista una reforma constitucional porque exigiría disolver las Cortes y someterla a referéndum.

El catedrático de Derecho Constitucional de la UNED Antonio Torres del Moral ha coincidido en que el cambio de la carta magna es "una operación de mucha envergadura y seguramente no es el momento", por lo que ha abogado por "subsanar los defectos jurídicos y los huecos" que tiene el Título II a través de una norma inferior.

"La Ley de la Corona no es que sea oportuna en esta coyuntura, que lo es, sino que era necesaria desde hace tiempo", reflexiona a EFE Torres del Moral.

A su entender, cuestiones como el papel del heredero o el de la reina o rey consorte, el de la regencia o la renuncia al trono han de tener cobertura jurídica, como también definir qué ocurriría en caso de un divorcio de los reyes o si alguien con derechos dinásticos es condenado penalmente.

"No se puede estar 40 años sin hacer nada. Es una flaqueza de espíritu por parte de los Gobiernos de que no se toca nada porque si se toca empieza a haber discusiones. Hace falta ponerse manos a la obra y escribir normas jurídicas pertinentes", ha manifestado el catedrático de la UNED.

Por ello, apremia a abordar ya una ley específica, "sin prisas, pero con cabeza", para remediar las lagunas existentes.

El también catedrático de Derecho Constitucional y letrado de las Cortes Diego López Garrido cree que "no es mal momento para abrir una reflexión para hacer una regulación más precisa" sobre la Corona, aunque "sin precipitarse, porque no puede hacerse de la noche a la mañana".

Esta iniciativa legal debería venía precedida, a su entender, de un estudio para conocer las normativas que tienen otros países con monarquía parlamentaria.

López Garrido vería apropiado además que hubiera un reglamento común de las Cortes Generales ante las diversas menciones que a ellas se hace en el Título II.

En cuanto a la inviolabilidad del rey, el vicepresidente de la Fundación Alternativas remarca que la carta magna es "muy tajante" al reconocer este privilegio, si bien cree que en una eventual ley se podría "explorar el resquicio" de si las Cortes podrían despojarle de ese blindaje ante un delito grave o una conducta inaceptable.

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