TS sanciona con 2,2 millones a Consenur por acordar gestión residuos sanitarios

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a Conesur con una multa de 2,2 millones de euros por infringir la normativa de competencia y mantener acuerdos para repartirse los clientes públicos del mercado de gestión de residuos sanitarios en Cataluña, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Aragón y Extremadura.

La sala III del alto tribunal ha rechazado el recurso presentado por esta empresa tras la sentencia de la Audiencia Nacional en 2013, que ratificaba la infracción detectada en 2010 por la Comisión Nacional de la Competencia pero rebajó la sanción hasta los 2,2 millones de euros (frente a los 4,4 que estipulaba Competencia) al entender "más proporcionada" la cuantía.

En concreto, detectaron que Consenur firmó acuerdos para concurrir a las licitaciones públicas en Unión Temporal de Empresas (UTE) con CESPA en Cataluña, Valencia, y Castilla-La Mancha; y con SIS en Aragón, "sin que haya quedado demostrado la necesidad objetiva de la misma, o la eficiencia de las mismas y su repercusión en beneficio del interés general".

Asimismo, vieron como Consenur y CESPA se habrían presentado "para no ganar" en Extremadura, facilitando de ese modo la adjudicación a una tercera empresa (Interlun).

El TS rechaza el recurso planteado por Consenur, que pretendía la nulidad de la sanción, o subsidiriamente, que se redujese su importe a 500.000 euros o a una cantidad inferior a ésta, y concluye que la sentencia de la Audiencia no incurrió en incongruencia ni en déficit de motivación.

De hecho, la sentencia explica que "está acreditada la existencia de estrategias dirigidas al reparto de los clientes públicos del mercado de gestión de residuos sanitarios".

En sanciones que no afectan a esta sentencia, CESPA fue multada inicialmente por Competencia con 2,6 millones de euros, pero la Audiencia Nacional redujo la multa a 569.925 euros (resolución que ya es firme), e Interlun, sancionada inicialmente con multa de 445.000 euros, fue multada finalmente por la Audiencia con 56.365 euros (sanción que también es ya firme).

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