El TSJRM rechaza dos recursos de CLM contra la gestión del agua en el Segura

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) no ha admitido a trámite dos reclamaciones interpuestas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra la gestión de recursos hídricos del Segura

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) no ha admitido a trámite dos reclamaciones interpuestas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra la gestión de recursos hídricos del Segura.

Concretamente la primera se refiere al acuerdo de la Comisión Permanente de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) de enero de 2009 sobre medidas excepcionales de gestión de los recursos hídricos del Segura y otra sobre la encomienda de gestión firmada con el Sindicato de Regantes del Trasvase.

En el primer recurso, la Sala de lo Contencioso del TSJRM señala que el gobierno de Castilla-La Mancha recurrió el acuerdo de la Comisión Permanente de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) de enero de 2009 y la resolución de la Junta de Gobierno de este órgano de cuenca de febrero del mismo año.

Ambas resoluciones, que contaron con el voto en contra del representante de la Junta de Castilla-La Mancha, aprobaron el mantenimiento de la suspensión general de las extracciones de aguas subterráneas hasta asegurar los niveles piezométricos compatibles con las necesidades previsibles del año 2008-2009, aunque, "dada la buena recuperación que está teniendo el acuífero --de la Vega Media y Baja del Segura--, se podrán mantener algunos sondeos en funcionamiento de forma selectiva para ayudar al mantenimiento de los caudales mínimos en el río Segura".

El levantamiento selectivos de la suspensión, de forma total o parcial, se atribuía a la Comisaría de Aguas de la cuenca.

De igual forma, se acordaba el !mantenimiento de un desembalse constante desde el Azud de Ojós hacia el río Segura" limitado a un volumen de entre 1.500 y 3.000 metros cúbicos.

Estas medidas fueron recurridas por el gobierno de Castilla-La Mancha, pero la Sala de lo Contencioso del TSJRM no ha admitido el recurso porque se presentó fuera de plazo.

El segundo recurso rechazado por la Sala de lo Contencioso Administrativo intentaba impugnar el convenio de encomienda de gestión suscrito en mayo de 2009 entre la CHS y el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura para la explotación de 24 sondeos y el aprovechamiento de las aguas extraídas para riego.

El TSJRM desestima el recurso porque no se trata de "ninguna concesión al Sindicato del uso privativo de 30 hectómetros cúbicos para riego directamente", omitiendo el procedimiento establecido --tal y como denunció la Junta--, sino que "simplemente se le encomienda la gestión para una correcta explotación de los recursos hídricos subterráneos de la cuenca hidrográfica del Segura".

Las dos resoluciones, según constan en las sentencias, pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo.

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