Condenan al SESCAM a pagar 25.000 euros por no informar de riesgos ante intervención

El Tribunal Superior de Justicia de CLM (TSJCM) ha condenado al Servicio de Salud de CLM (SESCAM) a indemnizar con 25.000 euros a un paciente por mala praxis en la asistencia prestada en el hospital Virgen de la Salud de Toledo

En la imagen de archivo la sede central del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) en la capital regional
photo_camera En la imagen de archivo la sede central del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) en la capital regional

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha estimado parcialmente el recurso presentado por un paciente diagnosticado de lipomatosis contra la sentencia de un juzgado de Toledo en materia de responsabilidad patrimonial, y ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a indemnizar con 25.000 euros a dicho paciente por mala praxis en la asistencia prestada en el hospital Virgen de la Salud de Toledo.

Según el fallo del recurso, tramitado por los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente, se revoca parcialmente la sentencia previa en lo que atañe a la indemnización fijada, de la que se harán cargo, solidariamente, el Sescam y la compañía aseguradora Zurich, y que pasa de los 9.000 euros iniciales a 25.000.

Los hechos ocurrieron en junio de 2002, cuando J.L., de 48 años, diagnosticado de lipomatosis, y a raíz del surgimiento de un nuevo quiste en el muslo izquierdo, consultó con el Servicio de Cirugía General del hospital la posibilidad de biopsia-extirpación siendo incluido en lista de espera para su extirpación tras ser informado de que la operación era sumamente sencilla y sin riesgos pues se limitaba a la extirpación de los pequeños quistes.

Sin embargo, según el Defensor del Paciente, al afectado ni siquiera se le exhibió la Hoja de Consentimiento Informado en la que se explica en qué consistía la operación, cuáles podrían ser las consecuencias, los riesgos o complicaciones ni las alternativas de tratamiento, provocando la operación distintas secuelas y problemas postquirúrgicos, de los que continúa siendo asistido en una clínica alemana.

La sentencia del TSJCM comparte las conclusiones de la del juzgado de Toledo en cuanto a la "ausencia de descripción real de hechos concretos" y también respecto a la "mala praxis" que hubo, ya que no solo hubo una pérdida de oportunidad y "un consentimiento en principio detallado que hubiera omitido algún particular relevante" sino "pretendidos consentimientos formularios que son impropios de un servicio público de salud como el que España puede y debe prestar".

Eso, continúa la sentencia, unido al hecho de que la intervención "no fuera estrictamente necesaria", mueve al tribunal a entender "infravalorada" la pretensión de indemnizar con 9.000 euros al paciente.

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