Podemos en CLM pide que todos los entes públicos presenten sus movimientos bancarios

Según la primera proposición de Ley que el Grupo presenta en las Cortes de CLM, todas las cuentas deberían ser publicadas al mes de aprobarse la normativa y se ofrecerán mensualmente los saldos de todas ellas

El diputado de Podemos, José García Molina, durante su intervención en la segunda jornada del Debate de Investidura en las Cortes de Castilla-La Mancha
photo_camera El diputado de Podemos, José García Molina, durante una intervención en el Pleno de las Cortes de CLM

La primera Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos en las Cortes de Castilla-La Mancha propone una normativa denominada Ley de Cuentas abiertas, por la que se declaren como abiertas y accesibles todas las cuentas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de los organismos, agencias y entes vinculados y de su titularidad.

Según publica el Boletín Oficial de las Cortes y recoge Europa Press, la propuesta aboga por que entre los entes que deberán estar sometidos a esta ley, además de la propia Administración de la Junta, están el Consejo Consultivo, entidades que integren la administración local, entes instrumentales de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones locales manchegas y, en particular, las agencias públicas administrativas locales, las agencias públicas empresariales locales y las agencias locales de régimen especial.

Igualmente, estará afectada la UCLM y sus entidades instrumentales, como pueden ser las sociedades mercantiles de capital mayoritario o fundaciones públicas universitarias.

Se incluyen las entidades de derecho público con personalidad jurídica vinculadas a las administraciones públicas castellano-manchegas o dependientes de ellas; las corporaciones de derecho público y entidades asimilables, como federaciones y clubes deportivos, en lo relativo a sus actividades sujetas al Derecho administrativo; las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de las entidades previstas en este artículo sea superior al 50 por ciento; las fundaciones del sector público previstas en la legislación en materia de fundaciones dependientes de las entidades contempladas en este artículo; y las asociaciones constituidas por las administraciones, organismos y entidades previstos en este artículo.

Se incluyen los órganos de cooperación previstos en el artículo 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la medida en que, por su peculiar naturaleza y por carecer de una estructura administrativa propia, les resulten aplicables las disposiciones de este título.

CUENTA ABIERTA Y ACCESIBLE

El texto propuesto por Podemos califica una cuenta abierta y accesible como aquélla "que puede ser consultada en la forma y los términos en los que cualquier particular puede consultar sus propias cuentas en una entidad bancaria, sea en formato digital o presencialmente en una sucursal".

Los límites a este derecho de acceso vendrán determinados por lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y por otras leyes que reserven expresamente el carácter secreto de algún dato.

Todos los organismos deberán hacer públicas las cuentas de las que sean titulares y su saldo correspondiente, reflejando datos como clase de cuenta, denominación titularidad, radicación, entidad bancaria o NIF asociado.

Toda la información recogida en esta Ley será publicada en el portal de Datos Abiertos y en la página web de Transparencia del Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La información será presentada conforme a los estándares ordinarios de la actividad bancaria a la hora de suministrar información a la clientela, favoreciendo en todo momento la fácil comprensión de los datos mostrados.

Todos los datos publicados lo serán en formato de datos abiertos, de manera que sean descargables, manipulables, reutilizables y redistribuibles por parte de terceras personas ajenas a la administración, según la propuesta de Podemos.

Corresponderá a la Consejería de Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha impulsar la puesta en marcha y vigilar el cumplimiento de los preceptos de esta Ley. A tal efecto, la Intervención General de Castilla-La Mancha aportará los datos relativos a todas las Cuentas y Cajas existentes que obren en su poder, agilizará los trámites para que todos los organismos afectados por la presente Ley remitan la información referente a sus cuentas bancarias y organizará esta información conforme a lo dispuesto en los artículos anteriores.

TODAS LAS CUENTAS SERÁN PÚBLICAS EN UN MES

Esta proposición recoge además que en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente ley se harán públicas la totalidad de las cuentas cuya titularidad corresponda las empresas así como la entidad bancaria a la que pertenece cada una, el número de identificación fiscal con las que fueron abiertas y el saldo, que será actualizado mensualmente.

En el plazo de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la presente ley se dispondrá de los mecanismos necesarios para poder acceder a los extractos y los movimientos que se produzcan en cada una de las cuentas recogidas.

Podemos argumenta la necesidad de esta ley por los "episodios de corrupción política y mal uso de los recursos públicos a los que se ha asistido en los últimos años", lo que hace "imprescindible la implementación de nuevas medidas de regeneración democrática".

"La Ley de Cuentas Abiertas viene a regular la publicidad activa y el derecho de acceso al estado de tesorería reflejado en los saldos de las cuentas corrientes de titularidad pública, así como en sus movimientos, que reflejan la materialización de las ejecuciones presupuestarias y la labor de administración de los cargos públicos", añade el texto.

Por último, aseguran que el acceso a las cuentas bancarias donde se deposita el dinero público "es la mayor garantía de transparencia en la Administración y el mecanismo más eficaz para luchar contra la corrupción y promover una eficaz rendición de cuentas de los poderes públicos y de su gestión".

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