El Congreso aprueba la Ley de Parques Nacionales que permite la caza

La ley aprobada definitivamente este jueves por el Congreso con los votos del PP, da una prórroga de seis años a las actividades incompatibles que en la actualidad se realizan en los Parques Nacionales tales como la caza

Denuncian que dos sendas de uso público de Cabañeros se cerrarán para monterías. Imagen de archivo del Parque Nacional de Cabañeros
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El Congreso de los Diputados ha aprobado las 17 enmiendas procedentes del Senado al proyecto de Ley de Parques Nacionales con el apoyo a todas del PP. La ley aprobada definitivamente este jueves da una prórroga de seis años a las actividades incompatibles que en la actualidad se realizan en los Parques Nacionales tales como la caza, la pesca o la tala comercial a partir de su entrada en vigor, un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El resto de los grupos ha rechazado la mayoría de las enmiendas, aunque en algunos casos CiU y UPyD se han abstenido, y se han producido apoyos puntuales del PSOE.

Durante el debate, la oposición ha manifestado que el texto favorece los intereses privados y supone una vuelta a los tiempos de "la escopeta nacional" ya que da una prórroga hasta 2020 a actividades como la caza o la pesca.

El texto del proyecto de Ley fue remitido al Congreso el pasado mes de enero y, desde el inicio de su tramitación, la oposición advirtió del "peligro" de que las nuevas excepciones recogidas en la norma, como la urbanización, por lo que se modificó el texto de modo que se asegura, según el PP, que el suelo de estos espacios no va a ser urbanizable, salvo en el caso de tres municipios enclavados en Picos de Europa y Monfragüe.

Posteriormente, en su tramitación en el Senado el grupo parlamentario Popular introdujo un paquete de enmiendas en el que se abría la posibilidad de continuar realizando actividades que la ley fija como incompatibles, tales como la caza, la pesca o la tala comercial sin fecha de finalización, en estos enclaves y no solo en las excepciones que se recogían para los parques de Cabañeros, Picos de Europa, Sierra Nevada o Doñana.

Esta enmienda, la 278 fue contestada con el rechazo de la oposición y de las organizaciones ambientales y, finalmente el PP propuso un nuevo texto por el que no se conceden nuevos derechos, y se pone un plazo máximo de seis años a partir de la entrada en vigor de la Ley para seguir practicando estas actividades como la caza y que, más allá plantea que se podrán realizar expropiaciones en caso de que no se pueda llega a acuerdos voluntarios.

En definitiva, el texto establece que se podrán desarrollar estas actividades en Parques Nacionales hasta finales de 2020. Hasta ahora, con la Ley en vigor, aprobada en 2007 con el acuerdo unánime de todos los grupos parlamentarios, estos enclaves tenían una prórroga de diez años, hasta 2017, en los que se podría cazar en las fincas cinegéticas, pero con la nueva Ley esta prórroga de seis años estará en vigor para todos los Parques de la Red, ya que no restringe esta opción a un parque en concreto.

Cabañeros tiene fincas privadas en manos de trece propietarios, según datos facilitados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a Europa Press.

El partido que apoya al Gobierno argumenta que para adecuar la situación de las fincas afectadas a las prohibiciones que marca la ley que protege estos espacios declarados de "interés general", se necesitarán pagar indemnizaciones que este jueves, en el debate parlamentario, la diputada del PP María Teresa de Lara, ha cifrado en 320 millones de euros.

El argumento económico ha sido rechazado por los grupos parlamentarios en las dos cámaras así como por las ONG ambientales, que antes del debate en el Pleno han asegurado que no se trata de una cuestión de dinero sino de "falta de voluntad política para proteger los espacios con la mayor protección ambiental" de España.

Prohibiciones de la Ley

Los artículos 6 y 7 del proyecto de Ley establecen que los requisitos para ser Parque Nacional son estar ocupado en una superficie adecuada por formaciones naturales que no tengan aprovechamientos de carácter agrícola, forestal, o hidráulico, ni elementos artificiales que alteren significativamente la estética del paisaje o el funcionamiento de los ecosistemas. Tampoco podrán contener actividades extractivas o explotaciones de áridos, arenas o minerales, ni instalaciones dedicadas a uso deportivo, industrial o de ocio no integradas en los programas de uso público o de visita del parque nacional.

La futura norma regula la conservación de los quince Parques Nacionales que existen en España, que ocupan una superficie de 381.716,49 hectáreas (el 0,7 por ciento del territorio). La última incorporación, en junio del año pasado, fue la del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Entre otras novedades de la ley, se aclara que, en la fase de declaración de parque nacional, sólo se deberán identificar aquellas actividades que pudieran resultar incompatibles con la figura de parque nacional, mientras que será el plan rector el que determine las actividades compatibles.

A su vez, se establece el derecho del Gobierno a adquirir la compra de determinadas fincas situadas exclusivamente en el interior del parque. A partir de ahora, a las comunidades autónomas les corresponderá la gestión ordinaria de los parques, y al Estado la creación de nuevos parques.

Intervención en emergencias

Esta ley permite también la intervención estatal directa, coordinada con las comunidades autónomas, ante catástrofes o situaciones extraordinarias que pongan en peligro los valores de estos espacios, como por ejemplo en caso de incendios forestales de gran magnitud.

Incorpora también la posibilidad de ampliar Parques Nacionales ya declarados sobre áreas marinas exteriores colindantes, algo que no recoge la normativa actual, y se aumenta la superficie mínima requerida para declarar un nuevo parque en territorio peninsular de las 15.000 a las 20.000 hectáreas. Mantiene el sistema de ayudas a los municipios de sus zonas de influencia, e introduce como novedad la puesta en marcha de programas piloto.

Los Parques Nacionales cumplirán un siglo en 1916, cuando se aprobó la primera ley que constaba de tres artículos y que convirtió a España en uno de los países pioneros en Europa en la protección de la naturaleza. En 1918 se declararon los dos primeros parques nacionales españoles, el de la Montaña de Covadonga y el de Ordesa.

En su creación tuvo mucho que ver Pedro José Pidal y Bernaldo de Quirós, nombrado por Alfonso XII Marqués de Villaviciosa de Asturias. Desde su cargo de senador vitalicio se interesó por los asuntos medioambientales y promovió la primera Ley de Parques Nacionales. Una vez aprobada, fundó el Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, y poco después el de Ordesa. Por su trabajo en la materia se convirtió en el primer Comisario General de Parques Nacionales.

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