CEMENTERIO NUCLEAR

El TS suspende cautelarmente el acuerdo de CLM que amplió la ZEPA de El Hito en los terrenos del ATC

- El alcalde de Villar de Cañas y el presidente de la Diputación celebran la decisión del TS y creen que el silo "generará empleo".

- El Gobierno de Castilla-La Mancha trabajará para que "se siga preservando el medioambiente" frente al ATC.

- Plataforma antisilo recuerda que la ausencia de POM y de estudio de impacto ambiental siguen bloqueando la obra

En entorno del ATC en Villar de Cañas (Cuenca) recibiría seis millones anuales durante 60 años
photo_camera En entorno del ATC en Villar de Cañas (Cuenca) recibiría seis millones anuales durante 60 años

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la suspensión cautelar del acuerdo del Gobierno de Castilla-La Mancha, de 28 de julio de 2015, que dio inicio a una ampliación del Espacio Protegido Laguna del Hito, que afectaba a la construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de combustible nuclear gastado y de residuos de alta actividad en Villar de Cañas (Cuenca), cuyo emplazamiento fue aprobado por el Consejo de Ministros el 30 de diciembre de 2011.

El Supremo considera que, en la ponderación de los intereses públicos y generales en conflicto, "es más atendible" el de proseguir las actuaciones para la instalación del ATC, que pretende una "pronta y correcta" gestión de los residuos radioactivos amparando a todas las especies animales y al medio en general, que la aprobación inmediata de la ampliación de un espacio protegido para aves para proteger a una o varias especies animales.

De este modo, el Tribunal Supremo estima el recurso de la Administración General del Estado contra los autos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que habían denegado la medida cautelar de suspensión del acuerdo del Gobierno castellano-manchego por el que se inició el procedimiento para la ampliación del Espacio Protegido Red Natura 2000 Laguna del Hito y la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de La Laguna del Hito.

La Sala III revoca esos autos y decreta la suspensión cautelar, lo que comunicará al Gobierno de Castilla-La Mancha "para su inmediato cumplimiento". El alto tribunal, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Ernesto Peces Morate, no comparte con el TSJ de Castilla-La Mancha que la premura que impulsa la petición de suspensión cautelar formulada por el abogado del Estado sea fundamentalmente económica.

De hecho, el Supremo alega y razona que "dicho perjuicio está en el entorpecimiento a la gestión de los residuos radioactivos y, por consiguiente, el debilitamiento de la seguridad nuclear, con lo que se daña un servicio público esencial". "Éste es el interés en conflicto que ha de tenerse en cuenta frente a la protección de una determinada zona como hábitat de unas aves", indica la sentencia.

A juicio del alto tribunal, la perturbación que a esos intereses públicos se puedan causar es lo que el TSJ castellanomanchego debió haber sometido al juicio de ponderación, "lo que no hizo, al limitarse a comparar el interés general en la protección ambiental con un cuantioso perjuicio económico, que no pasa de ser contable frente al inaplazable de proteger a una o varias especies animales del riesgo de desaparición, sin tener en cuenta que con una pronta y correcta gestión de los residuos radioactivos se está amparando a todas las especies animales y al medio en general".

"Si efectuamos un correcto juicio de ponderación entre los intereses enfrentados, nos parece prevalente preservar la adecuada gestión de los residuos radioactivos en orden a una mejor seguridad nuclear, mientras se sustancia el pleito, que la aprobación inmediata de la ampliación de un espacio protegido para las aves y la modificación de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales", establece el Supremo.

Respecto de las alternativas a que se refieren las resoluciones del TSJ de Castilla-La Mancha, el Supremo no las comparte. Por un lado, se refiere a la existencia de otros mecanismos legales para velar por la seguridad nuclear, como la declaración de la existencia de razones imperiosas de interés público de primer orden, contemplada en los artículos 19.3 y 46.5 y 6 de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En este sentido, precisa que es cierto que en uno y otro precepto se establece que los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales serán determinantes respecto de cualesquiera otras actuaciones, planes o programas sectoriales, que sólo podrán contradecir o no acoger el contenido de esos Planes de Ordenación de los Recursos Naturales por razones imperiosas de interés público de primer orden".

"Ahora bien _añade el Supremo-- en el caso sometido al enjuiciamiento del Tribunal de instancia no existe un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales que impida la actuación relativa al Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos, sino de un acuerdo en el que se decide iniciar un procedimiento para la ampliación del Espacio Protegido y la Modificación del Plan de Ordenación que, de aprobarse, podría generar la mentada contradicción o incompatibilidad".

Por otro lado, tampoco le parece al Supremo que la construcción en las centrales nucleares de Almacenes Temporales Individualizados pueda señalarse como alternativa a la suspensión cautelar del acuerdo de incoación del procedimiento de ampliación del espacio protegido. Pues, según añade, éstos no se han considerado en las sentencias ya dictadas por esta Sala del Tribunal Supremo una alternativa al Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos de alta actividad.

En dichas sentencias la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo declaró ajustado a derecho el acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de diciembre de 2011, por el que se aprueba la designación del emplazamiento para el Almacén Centralizado Temporal de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos de alta actividad y su centro tecnológico asociado en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca).

VILLAR DE CAÑAS Y DIPUTACIÓN CELEBRAN LA DECISIÓN

Tras conocerse la decisión, el alcalde de Villar de Cañas --localidad elegida para la instalación del Almacén Temporal Centralizado de residuos nucleares--, José María Sáiz, ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo, al tiempo que ha vaticinado que 2017 será un año "decisivo" en las obras.

En declaraciones a Europa Press, Sáiz ha dicho que de esta manera se da respuesta a la "cacicada" que a su juicio pretendía el Gobierno autonómico.

Sáiz ha enfatizado que si no se hubieran puesto trabas "ya podría haber mil personas trabajando". "Pedimos al Gobierno que no siga haciendo daño a esta provincia. También somos castellano-manchegos", ha finalizado.

Por su parte, el presidente de la Diputación de Cuenca, Benjamín Prieto, ha reaccionado también a la decisión del Tribunal Supremo asegurando que este "desbloqueo" puede servir para que la instalación siga adelante y "cree empleo".

En declaraciones a Europa Press, Prieto ha mostrado su convicción de que la instalación "es beneficiosa para la provincia y para el interés general de España", como ha su juicio comparte el Supremo con esta decisión.

"Esta noticia demuestra realmente cómo el Gobierno regional es chapucero y no cree en el desarrollo de nuestra tierra. Está obsesionado en prohibir usos y complicar la vida de las personas, sin encontrar soluciones", ha dicho Prieto.

Para el presidente de la institución provincial, "lo importante es que se genera empleo, riqueza y desarrollo". "Nos felicitamos de que el ATC pueda seguir adelante y de que la justicia haya actuado rápido".

CLM TRABAJARÁ PARA QUE "SE SIGA PRESERVANDO EL MEDIOAMBIENTE"

De su lado, el Gobierno de Castilla-La Mancha ha expresado su respeto a la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente la protección ambiental que frenaba el ATC de Villar de Cañas (Cuenca), pero ha subrayado que van a "trabajar por que se siga preservando el medioambiente".

El consejero de Agricultura, Francisco Martínez Arroyo, ha reaccionado así, en declaraciones a los periodistas en Fitur, a la suspensión cautelar decretada por el alto tribunal, y ha explicado que el inicio del procedimiento, sobre el que se pronuncia el Tribunal Supremo, tuvo lugar en julio de 2015, pero se resolvió el 4 de octubre de 2016.

Fue el pasado mes de octubre cuando el Consejo de Gobierno aprobó la ampliación de la zona de especial protección en la Laguna del Hito, lo que conlleva que cualquier infraestructura relacionada con el almacén nuclear proyectado en Villar de Cañas necesite la aprobación ambiental previa del Gobierno de Castilla-La Mancha.

"El 11 de octubre el Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicó este decreto", ha aseverado el consejero y, con ello, ha señalado que ese espacio "está en este momento protegido, protegido desde el punto de vista medioambiental".

Así, ha apuntado que estudiarán las consecuencias de la decisión tomada por el Tribunal Supremo "sobre una decisión de inicio de un procedimiento en julio de 2015 que se finalizó en octubre de 2016, antes de que el Supremo opinara sobre el recurso que presentó la Delegación del Gobierno".

"Esto significa que desde nuestro punto de vista, el espacio natural está protegido y nosotros vamos a trabajar por que se siga preservando el medio ambiente de Castilla-La Mancha", ha afirmado.

Con ello, el consejero ha defendido que el Gobierno de Castilla-La Mancha "apuesta claramente" por un "modelo energético renovable" frente a "un modelo energético nuclear".

Esta postura, ha continuado el consejero, "no significa" que no respeten las decisiones judiciales sino que quieren "que el espacio natural esté protegido".

"Vamos a trabajar para defender nuestros intereses, los intereses del medioambiente de Castilla-La Mancha y de los ciudadanos de Castilla-La Mancha", ha insistido y ha vuelto a afirmar que "el decreto que da por finalizado un procedimiento iniciado en julio de 2015 es suficiente protección para el espacio natural".

Con todo, ha recalcado que el 30 por ciento del territorio de Castilla-La Mancha está protegido porque el patrimonio natural es uno de los valores de la comunidad y quieren "seguir haciéndolo en la Laguna del Hito". 

LA AUSENCIA DE POM E IMPACTO AMBIENTAL

Además, la portavoz de la Plataforma contra el Cementerio Nuclear de Villar de Cañas, María Andrés, ha asegurado que pese a la sentencia del Tribunal Supremo, hay otros dos "bloqueos" que a su juicio siguen vigentes y que imposibilitan que la obra siga su curso.

En declaraciones a Europa Press, ha explicado que la ausencia de Plan de Ordenación Municipal en Villar de Cañas que dé cabida a la instalación del ATC es uno de los obstáculos que aún tendría que superar el proyecto, a lo que ha sumado la "ausencia" de declaración de impacto ambiental.

"Otro extremo importante es que el Consejo de Seguridad Nuclear tendría que emitir también informe favorable, y como los terrenos no son válidos, está complicado", ha recalcado.

PODEMOS TAMBIÉN LAMENTA LA DECISIÓN DEL SUPREMO

Por último, Podemos de Castilla-La Mancha también ha lamentado que el Tribunal Supremo haya suspendido cautelarmente el acuerdo del Gobierno regional sobre la ZEPA de El Hito en los terrenos del ATC, una infraestructura que ha tachado de innecesaria.

En declaraciones a Efe, el portavoz de Podemos en las Cortes regionales, David Llorente, ha aseverado que, si bien su partido respeta la decisión del Tribunal Supremo, la lamenta y no la comparte, y sobre todo ha rechazado que sea resultado de un recurso que interpuso el Gobierno central, gobernado por el PP.

En términos generales, se ha mostrado en contra de que siga adelante la construcción del ATC y ha recordado que su partido es contrario a esta infraestructura "desde un principio", pues la ha considerado innecesaria toda vez que, según ha indicado, "la mayor parte de centrales nucleares tienen su Almacén Temporal Individualizado (ATI)".

Asimismo, ha señalado que los técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear "prácticamente se han sublevado para poner de manifiesto que esos terrenos no son seguros".

"El ATC no se debe construir en ningún sitio y particularmente no en Villar de Cañas", ha denunciado Llorente, que ha asegurado que su partido continuará usando "todos los medios legítimos" a su alcance para que no se construya el ATC y se ha mostrado confiado en que, a pesar de la decisión del Tribunal Supremo, finalmente no se construya el ATC en Villar de Cañas.

De este modo, ha asegurado que su partido no está "dispuesto a tolerar que Castilla-La Mancha se convierta en un vertedero de residuos".

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